Editoriales

Constituyente para la Ciudad de México / Columba Arias Solís

La autora es Maestra en Derecho; catedrática de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UMSNH; analista en varios medios de comunicación; y, titular de la Notaría Pública No. 128
La autora es Maestra en Derecho; catedrática de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UMSNH; analista en varios medios de comunicación; y, titular de la Notaría Pública No. 128

Una vez conocida y analizada la reforma política, como reza el dicho popular, el gozo se fue al pozo. El Distrito Federal, ni fue convertido en una entidad federativa, ni tiene soberanía y seguirá dependiendo económicamente del gobierno federal.

Morelia, Michoacán, 20 de septiembre de 2016.- Derivado del Pacto por México, el pasado 29 de enero fue promulgado el decreto que contiene las reformas constitucionales en materia política para el Distrito Federal, mismo que al publicarse generó entusiasmo entre la sociedad al considerarse que luego de tantos años de promoverse una y otra vez la necesidad de dotar al Distrito Federal de las mismas facultades de las demás entidades que integran la Federación, por fin, se había logrado transformar a la capital del país en otro estado más.

Y es que apenas en el año de 1987 surgió la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, hasta antes, el Congreso federal legislaba en todo lo concerniente a la capital de la República. Diez años después, en 1997 por primera  vez se pudo elegir a través del voto universal, libre y secreto al Jefe de Gobierno. En ese mismo año se transformaría la Asamblea de representantes en Asamblea Legislativa cuyos integrantes se denominarían diputados.

Sin embargo, una vez conocida y analizada la reforma política, como reza el dicho popular, el gozo se fue al pozo. El Distrito Federal, ni fue convertido en una entidad federativa, ni tiene soberanía y seguirá dependiendo económicamente del gobierno federal.

Por virtud de la reforma mencionada, se transformó el Distrito Federal en Ciudad de México, la Asamblea Legislativa cambió a un congreso local, las delegaciones dejaron de existir para transformarse en demarcaciones territoriales dirigidas por un alcalde, supervisado por concejales cuyas funciones se establecerán en la Constitución de la Ciudad; el Jefe de gobierno podrá designar al Secretario de Seguridad y al Procurador de la Ciudad.

De los avances en materia política se encuentra el que, la Ciudad de México tendrá su propia Constitución Política y a tal efecto, la reforma aprobada prevé la integración de una Asamblea Constituyente que tendrá como funciones la realización de dicha norma

Al respecto, la Asamblea Constituyente quedó integrada con 100 representantes, de los cuales únicamente 60 fueron electos por voto directo por el principio de representación proporcional, sobre una lista de candidatos para una sola circunscripción electoral en la ciudad de México, donde los partidos MC, PVEM, PANAL, PES, PRI y PAN obtuvieron apenas 1, 1, 2, 2, 5 y 7 asambleístas respectivamente en tanto que el PRD obtuvo 19 y MORENA 22.

Los restantes 40 asambleístas fueron designados por el Senado, la Cámara de Diputados, el Jefe de Gobierno y el Presidente de la República, mediante el “democrático” método del dedazo, lo que significa que finalmente la Constituyente para la Ciudad de México quedará integrada con 21 asambleístas del PRI, 5 obtenidos en urnas, a los que se suman los 6 designados por el Senado, 4 por la Cámara de Diputados y los 6 designados por el Presidente de la República; el PRD tendrá 22, los 19 de elección y 3 designados por las Cámaras, el PAN los 7 electos y 5 designados por las Cámaras, mientras que MORENA tendrá los 22 asambleístas electos en las urnas.

Así las cosas, este 15 de septiembre se instaló la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México, encargada de la creación de la Constitución que habrá de regir los destinos de la capital del país. De acuerdo con la reforma política, la Junta instaladora integrada por los 5 diputados constituyentes de mayor edad, debieron ser quienes condujeran la Sesión Constitutiva y  son también quienes dirigirán los trabajos para la aprobación del Reglamento para el gobierno interior de la Asamblea Constituyente.

Aun cuando existe un proyecto de Constitución para la Ciudad de México, encargado -luego de la reforma política aprobada- por el Jefe de Gobierno a un grupo de notables que intervino en su redacción, y que sobre este proyecto habrán de trabajar los asambleístas constituyentes, empero serán ellos quienes luego de la revisión y discusión, determinen si lo modifican, le agregan, o elaboran uno diferente.

La forma en que se integró la Asamblea Constituyente, con la presencia de asambleístas designados por el gobierno federal y los partidos tradicionales PRI, PAN y PRD, -sin pasar por una elección- no genera la confianza en que prevalecerán los intereses de la sociedad en la redacción constitucional, y podrían quedar fuera del texto figuras como la revocación de mandato, presupuesto participativo, democracia participativa, una contraloría social para la revisión de adquisiciones y contratos, entre otros temas que han sido impulsados por diversos colectivos y ciudadanos. Sin embargo, habida cuenta que entre los asambleístas constituyentes se encuentran  personas que además de conocer sobre el tema, se identifican con las propuestas ciudadanas a favor de los habitantes de la ciudad de México, hay esperanza que de los trabajos de los asambleístas constituyentes surja un proyecto constitucional que contenga las mejoras propuestas para la gran capital mexicana.

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