Editoriales

Las universidades públicas y su gasto / Jorge Álvarez Banderas

El autor, Jorge Álvarez Banderas, es un prestigiado y reconocido Doctor y académico especializado en temas legales y fiscales, además de coordinador general del CIJUS de la UMSNH
El autor, Jorge Álvarez Banderas, es un prestigiado y reconocido Doctor y académico especializado en temas legales y fiscales, además de coordinador general del CIJUS de la UMSNH

El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2017 se encuentra ya publicado en el órgano oficial del Estado, donde se contempla en un numeral 49 una serie de requisitos respecto al gasto a realizar por parte de las universidad públicas como en el caso lo es la UMSNH

Morelia, Michoacán, 02 de diciembre de 2016.- El Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal del año 2017 se encuentra ya publicado en el órgano oficial del Estado, donde se contempla en un numeral 49 una serie de requisitos respecto al gasto a realizar por parte de las universidad públicas como en el caso lo es la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH).

Se señala que los programas de la Secretaría de Educación Pública, destinados a fomentar la expansión de la oferta educativa de los niveles Media Superior y Superior, establecerán mecanismos que permitan disminuir el rezago en el índice de cobertura en aquellas entidades federativas que estén por debajo del promedio nacional, debiendo esta Secretaría informar a la Cámara de Diputados, sobre la estructura de los programas destinados a fomentar la expansión de la oferta educativa referidos, su distribución y metas de mediano y largo plazo, a más tardar el 31 de marzo de 2017.

Los recursos federales que reciban las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior, incluyendo subsidios, estarán sujetos a la fiscalización que realice la Auditoría Superior de la Federación en términos de lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, y se rendirá cuenta sobre el ejercicio de los mismos en los términos de las disposiciones aplicables, detallando la información relativa a los programas a los que se destinen los recursos y el cumplimiento de las metas correspondientes; el costo de nómina del personal docente, no docente, administrativo y manual, identificando las distintas categorías y los tabuladores de remuneraciones por puesto, responsabilidad laboral y su lugar de ubicación; el desglose del gasto corriente destinado a su operación; los estados de situación financiera, analítico, así como el de origen y aplicación de recursos públicos federales y la información sobre matrícula de inicio y fin de cada ciclo escolar.

De conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como con los lineamientos que emita en la materia el Consejo Nacional de Armonización Contable, las universidades e instituciones públicas de educación media superior y superior llevarán el registro y la vigilancia de los activos, pasivos corrientes y contingentes, ingresos, gastos y patrimonio; debiendo entregar a la Secretaría en cita dicha información, a más tardar a los 15 días naturales posteriores a la conclusión del trimestre que corresponda; dicha Secretaría entregará esta información a la Cámara de Diputados y la publicará en su página de Internet, a más tardar a los 30 días naturales posteriores al periodo correspondiente.

Las autoridades correspondientes para aplicar dichos recursos verificarán que el personal de cada una de las universidades e instituciones de educación media superior y superior públicas, cumplan con sus obligaciones en términos de los contratos laborales correspondientes realizándose, en su caso, la compulsa entre las nóminas y los registros de asistencia; la Secretaría enviará esta información dentro de los 10 días hábiles posteriores a que aquélla la reciba, a los legisladores federales encargados de la aprobación de dicho Presupuesto de Egresos.

En el caso de la UMSNH, al menos en la dependencia donde me encuentro adscrito que es la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales desde hace ya casi 18 años, no existe la obligación contractual de firmar un registro de entrada y salida; menudo problema se avecina en los espacios universitarios de nuestra Casa de Estudios. @lvarezbanderas

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