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Diputados plantean tres reformas al Código Penal de Michoacán

Gómez Trujillo arribó a la máxima tribuna del estado para presentar la iniciativa que adiciona el artículo 177 bis
Gómez Trujillo arribó a la máxima tribuna del estado para presentar la iniciativa que adiciona el artículo 177 bis

Los diputados Rosa María de la Torre, Héctor Gómez Trujillo y Mary Carmen Bernal presentan iniciativas para fortalecer las penas aplicables a delitos como el feminicidio, sustracción de menores y pedofilia, mismas que fueron turnadas a la comisión de Justicia para su estudio, análisis y dictamen

Morelia, Michoacán,  04 de mayo de 2016.- Los diputados Rosa María de la Torre, Héctor Gómez Trujillo y Mary Carmen Bernal presentan iniciativas para reformar el Código Penal para el Estado, a fin de fortalecer las penas aplicables a delitos como el feminicidio, sustracción de menores y pedofilia, mismas que fueron turnadas a la comisión de Justicia para su estudio, análisis y dictamen.

La diputada Rosa María de la Torre Torres planteó en sesión ordinaria la iniciativa que pretende modificar los artículos 120 y 174 del Código Penal del Estado de Michoacán, reforma que busca que el feminicidio sea un delito que no prescriba y sea penado de cuarenta a cincuenta años de prisión.

La parlamentaria resaltó con datos del Instituto de Estudios Multidisciplinarios para el Desarrollo Social, que en la entidad se han registrado 800 feminicidios tan solo en el 2014, cifra que revela la urgencia de que Michoacán forme parte de las entidades como Baja California, San Luis Potosí, Yucatán, Nuevo León, Coahuila, Sinaloa, Tabasco Puebla, Sonora y Morelos que ya prevén la pena máxima para dicho delito.

Asimismo, con una propuesta de modificación al mismo marco normativo el diputado Héctor Gómez Trujillo arribó a la máxima tribuna del estado para presentar la iniciativa que adiciona el artículo 177 bis para penar de ocho a quince años de prisión y de setecientos a mil días de multa a aquel que sin tener relación de parentesco o tutela de un menor de edad o incapaz, lo retenga o sustraiga sin el consentimiento de quinen ejerza su custodia legitima o guarda.

Gómez Trujillo expuso que si el sujeto devuelve espontáneamente al menor, dentro de los tres días siguientes a la comisión del delito y sin haberle causado algún daño, se le impondrá la mitad de las sanciones señaladas; que de ser aprobada, a decir del legislador, dicha propuesta perfeccionara el andamiaje penal, evitando que la víctima no se vea afectado por la ambigüedad que existe en el Código Penal vigente, lo que obstaculiza la impartición de justicia, generando incertidumbre jurídica a las víctimas.

Por su parte la diputada Mary Carmen Bernal propuso ante el Pleno del Poder Legislativo la iniciativa que adiciona el artículo 165 BIS al Código Penal para el Estado, a través de la cual plantea tipificar como delito la pedofilia imponiendo castigos de seis a treinta años de prisión a todo aquel que ejecute conductas que involucren a niñas y niños menores de doce años, haciéndolos víctimas de actos violentos.

Señaló que esta propuesta busca proteger penalmente a las niñas y niños michoacanos de cualquier acto sexual, prostitución, distribución o producción de material pornográfico, o que los menores sean expuestos o realicen  material alusivo a la actividad sexual; por ello propone plasmar dicho delito que al no estar establecido en la ley vigente, se han aprovechado para desarrollarse en la entidad los principales centros de operación de este terrible crimen que lastima psicológica, emocional y físicamente a la niñez.

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