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Avala Congreso del Estado reformas anticorrupción

La legislación local se armoniza con las reformas federales aprobadas el pasado 28 de mayo, en materia de corrupción
La legislación local se armoniza con las reformas federales aprobadas el pasado 28 de mayo, en materia de corrupción

El pleno de la LXXII Legislatura aprobó por unanimidad diversas reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado, en materia de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas, responsabilidades de los servidores públicos y combate a la corrupción

Morelia, Michoacán, 07 de septiembre de 2015.- El pleno de la LXXII Legislatura aprobó por unanimidad diversas reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado, en materia de transparencia, acceso a la información y rendición de cuentas, responsabilidades de los servidores públicos y combate a la corrupción.

En lo que respecta a transparencia, la reforma planteada para el artículo 8°, destaca la obligatoriedad de que sea pública toda  la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.

De igual manera,  se dispone que los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados y publicarán, a través de los medios electrónicos disponibles, la información completa y actualizada sobre el ejercicio de los recursos públicos, en particular la que sea entregada a personas físicas o morales, así como los indicadores que permitan rendir cuenta del cumplimiento de sus objetivos y de los resultados obtenidos, lo que fortalece el sistema de control archivístico,  de rendición de cuentas y evaluación del desempeño.

Esta reforma constitucional, conlleva también nuevas atribuciones y facultades para el Congreso del Estado, quien es el encargado de aprobar las leyes de ingresos de los municipios, así como revisar, fiscalizar y dictaminar las cuentas públicas de las haciendas municipales y de los Concejos Municipales. La reforma tiene por objeto precisar que la fiscalización se realizará a través de la Auditoría Superior de Michoacán especificando la fecha en que lo realizará.

El dictamen también establece que el Gobernador del Estado presentará cada año al Congreso, a más tardar el 30 de abril, la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal correspondiente al ejercicio fiscal próximo anterior y sólo se podrá ampliar el plazo de presentación hasta por 30 días naturales mediante solicitud del Gobernador, suficientemente justificada y a juicio del Congreso.

El tribunal de Justicia Administrativa ahora cumplirá además una importante responsabilidad dentro del sistema anticorrupción nacional y estatal que se previenen en la Constitución Federal y en este dictamen, respectivamente, consistente en ser los órganos facultados para imponer sanciones a los servidores públicos estatales y municipales y a los particulares que incurran en responsabilidad administrativa o incurran en actos vinculados con faltas administrativas graves, según corresponda; así también  fincará a los responsables el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Estatal o Municipal o al patrimonio de los entes públicos locales o municipales.

Otro de los organismos autónomos que es objeto de reforma y transformación, lo constituye el actual Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán (ITAIMICH) que por mandato de esta reforma concluye sus funciones y será sustituido por el Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, (IMAI).

El Congreso del Estado podrá elegir, reelegir y destituir del cargo, a los comisionados del Instituto Michoacano de transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, aprobar o negar las solicitudes de licencia y renuncia de los mismos.

Lo referente a la reforma integral que se propone al artículo 100, es motivada con la finalidad de incluir dentro de la Procuraduría General de Justicia del Estado, a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, que será el órgano investigador de los hechos presuntivamente constitutivos de delitos cometidos por servidores públicos y/o particulares, relacionados con actos de corrupción.

Se propone también la reforma a la denominación del Título Cuarto de la Constitución del Estado, para ahora denominarse “De las Responsabilidades de los Servidores Públicos, particulares vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción, y Patrimonial del Estado”, dadas las adecuaciones que resultaran  necesarias realizar en diversas materias que comprenden los actuales artículos 104 a 110 los cuales se reforman integralmente, para dar congruencia y secuencia lógica a sus disposiciones.

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