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Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas violenta derechos laborales: CEDH

Trabajadores municipales fueron dados de baja con una serie de irregularidades por parte de la administración municipal
Trabajadores municipales fueron dados de baja con una serie de irregularidades por parte de la administración municipal

El organismo autónomo para la defensa de los derechos humanos emitió dos recomendaciones tras acreditar que se violó el derecho al trabajo para dos de los trabajadores del gobierno municipal; las recomendaciones fueron aceptadas y cumplidas sólo parcialmente

Morelia, Mich., 07 de noviembre de 2013.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) emitió dos recomendaciones al Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas, ya que acreditó que existió violación al derecho al trabajo en perjuicio de dos empleados del Ayuntamiento porteño.

En la Visitaduría Regional ubicada en Lázaro Cárdenas se presentó una quejosa, quien indicó ser trabajadora en el área administrativa del Ayuntamiento, con una antigüedad de cuatro años tres meses. En abril de 2012 fue notificada telefónicamente que estaba dada de baja.

Después de varios intentos de entablar comunicación con el departamento jurídico y al no obtener respuesta optó por entablar una demanda laboral. En octubre de 2012 recibió la llamada de una regidora, quien le informó que posteriormente se comunicarían con ella para indicarle a que área se podría presentar a trabajar. Sin embargo cuando le llamaron para que firmara su contrato, el Jefe del Departamento Jurídico le comunicó que para hacer válido el documento tenía que desistirse de la demanda laboral interpuesta, por lo que la quejosa se negó a hacerlo.

En otro caso un ciudadano levantó queja en contra del Ayuntamiento de Lázaro Cárdenas por violación al derecho al trabajo. Relató que se desempeñaba en el departamento de Aseo Público con una antigüedad de cuatro años y 7 meses renovando contrato cada dos meses.

El 3 de septiembre de 2012 se le informó que estaba dado de baja y debía retirarse de las instalaciones, así lo hizo y acudió con su jefe inmediato, quien le confirmó que ya no tenía empleo. El quejoso refiere que cuando fue despedido su contrato todavía no terminaba y fundamentó despido injustificado, además de no haber recibido finiquitos por alrededor de 13 contratos firmados.

Por estos hechos la CEDH emitió las Recomendaciones 019/2013 y 021/2013, respectivamente, dirigidas al Presidente Municipal de Lázaro Cárdenas. En ambos casos los puntos de la recomendación fueron: ordenar al área encargada de personal para que se dejen sin efecto todos los actos que no hayan sido debidamente fundados y motivados en perjuicio de los quejosos; y en lo sucesivo toda actuación notificada a los trabajadores esté debidamente justificada a fin de salvaguardar su derecho a la seguridad jurídica.

Además se solicitó ordenar a todo el personal del Ayuntamiento para que realicen sus funciones con apego a la Ley y rindan los informes y requerimientos que les sean solicitados por el organismo. Ambas recomendaciones fueron aceptadas y cumplidas parcialmente.

De acuerdo al artículo 86 de la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y al artículo 52 del reglamento del organismo.

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