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Incumple SEE otras dos recomendaciones de la CEDH

De acuerdo con los inconformes, el paro laboral podría prolongarse en caso de no recibir respuesta favorable a su exigencia de pagos (FOTO: FRANCISCO ALBERTO SOTOMAYOR)
La recomendación fue aceptada pero no se cumplió. En apego al  artículo 118 de la Ley y al 138 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación

Las recomendaciones se emitieron por ineficiente prestación del servicio educativo y por prestación indebida del servicio público; en el primero de los casos la autoridad educativa fue omisa en atender casos de bullying, mientras que en el segundo se denunciaron cobros indebidos por 700 pesos en un Jardín de Niños

Morelia, Michoacán, 21 de septiembre de 2015.- La Secretaría de Educación en el Estado (SEE) no cumplió dos recomendaciones que emitió la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) por ineficiente prestación del servicio educativo y por  prestación indebida del servicio público.

En el primer caso madres de familia de la Escuela Primaria Federal “Emiliano Zapata”, turno matutino;  presentaron queja ante este organismo luego de una agresión que sufrieran sus menores hijos de primer año por parte de un grupo de alumnos de tercer grado.

Los niños presentaron lesiones en sus genitales, cara, brazos y cuello, producto de los golpes de que fueron objeto, y a pesar de que lo hicieron del conocimiento de las profesoras de grupo y de la directora del plantel, la autoridad educativa fue omisa para atender esta problemática.

Por estos hechos la CEDH emitió la recomendación 060/2015 dirigida a la Secretaría de Educación en el Estado para que instruyera a la directora del turno matutino y asignara  personal para supervisar la actividad de los alumnos en los espacios comunes de la escuela  como el patio, los baños y demás áreas.

También se recomendó realizar las acciones necesarias para que las niñas y los niños de la institución se informaran de sus deberes y sobre el fenómeno de la violencia escolar.

Se pidió instruir a la directora para que se instrumentara un sistema de quejas por violencia escolar, y que los profesores intervinieran de manera oportuna cuando se presentara una situación de esa naturaleza, dando parte de manera inmediata a la dirección; quien a su vez debería establecer un reglamento interno con los mecanismos de carácter coercitivo para solucionar estos casos. La recomendación no fue aceptada por la autoridad educativa.

En otro asunto un grupo de al menos 20 padres de familia presentó queja ante esta Comisión por cobro indebido de cuotas en el Jardín de Niños “Rafael Ramírez”, quienes manifestaron que tenían que pagar 700 pesos por inscripción, mismos que debían depositar en una cuenta bancaria. Además, mencionaron otro tipo de cobros para la realización de diversas actividades, cuyos fondos, según los quejosos eran destinados a la directora del plantel, bajo el argumento que se le debía dinero por la construcción de un salón y una barda; así como por el pago del intendente.

Por estos hechos se emitió la recomendación 28/2014, por prestación indebida del servicio público, dirigida a la SEE.

En el documento se solicitó dar parte a la Contraloría del Estado para determinar la responsabilidad administrativa de la directora del plantel. Instruir a la funcionaria para que se abstuviera de recibir o aceptar dinero por parte de los padres de los alumnos; y para que mediante un documento oficial informara a los interesados lo referente a las cuotas, cooperaciones, donaciones o aportaciones en dinero o especie.

Así también se pidió que la funcionaria realizara las gestiones necesarias ante la autoridad educativa para atender las necesidades del personal, infraestructura, mobiliario o artículos del centro educativo; así como para que se implementaran cursos de capacitación a todo el personal del plantel en materia de derechos humanos.

La recomendación fue aceptada pero no se cumplió. En apego al  artículo 118 de la Ley y al 138 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación.

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