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Son dos los alcaldes de Michoacán que usan «banda presidencial»

La falta de respeto a los símbolos patrios o el desacato a la ley en la materia, es sancionada con multa de hasta 250 días de salario o un arresto de hasta 36 horas
La falta de respeto a los símbolos patrios o el desacato a la ley en la materia, es sancionada con multa de hasta 250 días de salario o un arresto de hasta 36 horas

Además del edil de Huiramba, José Humberto García, exhibido hace unos días, también el presidente municipal de Aguililla, Israel Mendoza, ha sido captado en eventos utilizando el símbolo de uso exclusivo del presidente de México

Morelia, Michoacán, 21 de octubre de 2015.- Ya son dos los presidentes municipales de Michoacán que usan “banda presidencial” en algunos de sus eventos públicos.

De acuerdo con el artículo 34 de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional: “La banda presidencial constituye una forma de presentación de la Bandera Nacional y es emblema del Poder Ejecutivo Federal, por lo que sólo podrá ser portada por el Presidente de la República”.

Hace unos días fue exhibido mediáticamente el alcalde de Huiramba, José Humberto García Domínguez, emanado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), quien en mes y medio ha hecho uso del símbolo en dos ocasiones distintas, durante su toma de protesta el 1 d septiembre y la noche del 15 de septiembre, durante el Grito de Independencia, desde el balcón central de la Presidencia Municipal.

Ahora a la Redacción de ATIEMPO.MX (www.atiempo.mx), su portal de noticias y denuncias por internet, también se han hecho llegar imágenes del presidente municipal de Aguililla, Israel Mendoza Mendoza, haciendo uso de una banda presidencial.

De acuerdo con la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, dicha prenda está destinada para ser utilizada por el presidente de la República en las ceremonias de mayor solemnidad y es obligatoria en cuatro momentos.

Uno de ellos es la transmisión del Poder Ejecutivo federal, otro al rendir anualmente su informe ante el Congreso de la Unión; en la conmemoración del Grito de Dolores; y, al recibir las cartas credenciales de los embajadores y ministros acreditados ante el gobierno mexicano.

La falta de respeto a los símbolos patrios o el desacato a la ley en la materia, es sancionada, de acuerdo con la legislación vigente, con multa de hasta 250 días de salario o un arresto de hasta 36 horas.

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