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UMSNH no aceptó recomendación de la CEDH

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Autoridades de la Universidad Michoacana incurrieron en violación al derecho a la información y discriminación laboral

Un profesor de la Escuela Preparatoria Pascual Ortiz Rubio de la UMSNH, presentó queja ante este organismo luego de que la institución educativa convocó a un concurso de oposición interno para la asignación de diversas materias, en el cual existieron varias irregularidades, según consideró el agraviado

Morelia, Michoacán, 16 octubre de 2015.- La Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) no aceptó una recomendación que emitió la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) por violación al derecho a la información y discriminación laboral.

Un profesor de la Escuela Preparatoria Pascual Ortiz Rubio de la UMSNH, presentó queja ante este organismo luego de que la institución educativa convocó a un concurso de oposición interno para la asignación de diversas materias, en el cual existieron varias irregularidades, según consideró el agraviado.

Derivado de los resultados, el quejoso solicitó al Consejo Técnico de esa institución educativa conocer la tabla de valoración en base a la cual se calificó a los aspirantes, contestando la autoridad que esa información era de uso exclusivo de las Comisiones Académicas Dictaminadoras.

Por estos hechos la CEDH emitió la recomendación 105/2015, en la que solicitó indemnizar al quejoso por reparación del daño sufrido y otorgar la información que le fue negada. Dar vista al órgano de control que corresponda para iniciar procedimiento administrativo a la directora de la referida escuela por las irregularidades cometidas en la Convocatoria y desarrollo del concurso.

Así también se recomendó dar vista a la Defensoría de los Derechos Humanos Universitarios para investigar el hecho y dictar sus propias recomendaciones, a fin de evitar este tipo de violaciones a derechos humanos.

Y se solicitó instruir a la directora, al subdirector e integrantes del Consejo Técnico para que eviten realizar funciones fuera de lo que indica su normatividad.

La UMSNH no aceptó la recomendación por lo que en apego al  artículo 118 de la Ley y al 138 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación.

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