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Aprueban Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán

Se crea la Secretaría de Bienestar, se mantiene la del Migrante y se cambia el nombre de la de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas

Morelia, Michoacán, 06 de octubre de 2021.- Con la creación de la Secretaría del Bienestar, la conservación de la Secretaría del Migrante, la de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, así como la no incorporación del Sistema Penitenciario a la Secretaría de Seguridad Pública, los integrantes de la LXXV Legislatura votaron a favor la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo. 

De acuerdo con el Decreto presentado la noche de este martes ante el Pleno del Congreso del Estado, las y los legisladores destacaron la inclusión del derecho a la buena administración a través de la mencionada ley, con la finalidad de desterrar los ejercicios de gobierno que no se comprometan con la resolución de las necesidades colectivas y que no sean cercanas a las personas.

Ante ello, los diputados locales votaron a favor de que la Secretaría del Migrante conserve las atribuciones que actualmente tiene, mientras que acordaron modificar el nombre de Secretaría de la Mujer, por el de Secretaria de Igualdad Sustantiva y Desarrollo de las Mujeres Michoacanas, por considerar que éste comprende sus propósitos reales.

En el decreto aprobado, señalaron que en dicha materia se buscar un trato y oportunidades para el reconocimiento, goce y ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales, normas de igualdad e inclusión en la política pública del Estado de las mujeres

“Es importante brindar a las mujeres michoacanas, un mayor conocimiento sobre sus derechos, haciendo posible que puedan ejercerlos, exigirlos y en su caso, oponerlos ante las autoridades competentes, en congruencia con los derechos asentados en la norma jurídica”, destaca el dictamen.

Conforme a la nueva Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, se determina que no son atribuciones de la Secretaría de Seguridad Pública, favorecer y coadyuvar en la resolución de controversias, a través de medios alternativos de solución de conflictos, tales como mediación, conciliación, amigable composición, arbitraje, negociación, buenos oficios y transacción.

En el mismo tenor, se votó a favor que el sistema penitenciario no es competencia de la Secretaría de Seguridad Pública por lo que quedará a cargo de la Secretaría de Gobierno; por su parte, se determinó que la Secretaría de Educación no tiene atribuciones para promover o elaborar programas de estudio, pero sí de emitir opinión sobre el contenido de los proyectos y programas educativos que contemplen las realidades y contextos tanto regionales como locales en Michoacán.

Finalmente, a través del voto, establecieron con el nuevo ordenamiento jurídico las atribuciones de la Consejería Jurídica y de la Coordinación de Comunicación Social.

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