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Congreso de Michoacán aprueba la Cuenta Pública Estatal 2017

La ASM deberá dar seguimiento en tiempo y forma legal, a los pliegos de observaciones; a los procedimientos para la investigación y substanciación de las posibles faltas administrativas; y, al cumplimiento de las recomendaciones

Morelia, Michoacán, 01 de mayo de 2019.- En sesión extraordinaria, el Pleno de la LXXIV Legislatura aprobó el dictamen con proyecto de decreto que contiene la revisión y evaluación de la Cuenta Pública Estatal 2017.

El dictamen presentado por diversos integrantes de las Comisiones Unidas Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán y Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, concluye que como resultado de la revisión, evaluación y análisis de la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal, así como del Informe General de Resultados de la Revisión, Fiscalización y Evaluación, presentado por la Auditoría Superior de Michoacán (ASM), se determinó que la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal 2017 que se cuentan con los elementos suficientes y competentes para emitir su dictamen.

De igual forma, señala que la ASM deberá dar seguimiento en tiempo y forma legal, a los pliegos de observaciones; a los procedimientos para la investigación y substanciación de las posibles faltas administrativas, al cumplimiento de las recomendaciones que en cada caso se hayan hecho a las Entidades Fiscalizadas.

Asimismo, se instruye al órgano fiscalizador para que en un término no mayor a 90 días naturales, informe al Congreso del Estado, por conducto de la Comisión Inspectora, cuales son los procedimientos instaurados y medidas de apremio aplicados a los servidores públicos de las entidades que omitieron la presentación de la Información Financiera para la integración a la Cuenta Pública y se dé vista en su momento a la autoridad competente.

Igualmente, se instruye a la ASM para que en un plazo no mayor a 90 días naturales, presente un informe de la coordinación con la Auditoría Superior de la Federación (ASF), a efecto de dar seguimiento a las observaciones y determinar la procedencia de los resultados preliminares en la auditoría de la Unidad Programática Presupuestal U.P.P. 25 “Deuda Pública y Obligaciones Financieras” con el objeto de concluir el proceso de fiscalización.

De igual forma se instruyó al órgano de control a verificar las unidades Programáticas Presupuestarias de la Secretaría de Salud, del Régimen Estatal de Protección Social en Salud del Estado de Michoacán y del Fondo Metropolitano Morelia y Fondo Metropolitano La Piedad – Pénjamo.

Finalmente se exhortó a la Universidad de Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH) a dar cumplimiento a la presentación de los Estados Financieros, conforme lo dispone la Ley General de Contabilidad Gubernamental y cumplir con los lineamientos específicos en materia de consolidación de la Cuenta Pública de la Hacienda Estatal.

A la par, deberá informar los avances en los procedimientos de responsabilidades respecto de la investigación y substanciación; y dará vista a los Órganos Internos de Control de las entidades para el caso de las faltas administrativas no graves, y al Tribunal de Justicia Administrativa, para la resolución correspondiente, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Michoacán.

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