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De facto, SCJN legaliza abortos en México

La sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte establece que “la Justicia de la Unión ampara y protege” a la institución que presentó el amparo

Ciudad de México, 06 de septiembre de 2023.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este 6 de septiembre “inconstitucional” la penalización del aborto en el Código Penal Federal.

A través de X (antes Twitter), la SCJN publicó que la Primera Sala “resolvió que es inconstitucional el sistema jurídico que penaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que viola los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.

El proyecto de sentencia aprobado fue elaborado por la ministra (jueza) Ana Margarita Ríos Farjat, y aprobado con su voto y el de los otros cuatro miembros de la Primera Sala: Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcantará Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

La sentencia responde a un amparo presentado por la organización feminista Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) contra los artículos 330, 331 y 332 del Código Penal Federal, que establecen las sanciones para las mujeres que abortan, para los profesionales de la salud que realizan el procedimiento y para quienes presionan a las mujeres a abortar.

El amparo rechaza también los artículos 333 y 334, que establecen los casos en los que el delito de aborto no tiene pena.

La sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte establece que “la Justicia de la Unión ampara y protege” a la institución que presentó el amparo.

“Esta Primera Sala considera que la declaratoria de inconstitucionalidad se traduce en un beneficio tangible para la asociación civil quejosa, en cuanto al correcto desarrollo de su objeto social, pues le permitirá garantizar que las mujeres y personas con capacidad de gestar que acompaña accedan a servicios de aborto seguros y de calidad, y que ni ellas ni el personal que procura una interrupción del embarazo sean criminalizadas bajo ninguna circunstancia”, determina la sentencia.

¿Qué significa el fallo de la Suprema Corte para el aborto en México?

En declaraciones a ACI Prensa, Marcial Padilla, director de la plataforma provida ConParticipación, considera que la sentencia de la Primera Sala de la SCJN “no modifica directamente el Código Penal Federal, pues esto lo tendrían que hacer los senadores y diputados”.

Sin embargo, precisó, el fallo “sí hace inaplicable este Código, pues cada vez que se inicie un proceso se llevaría ante el juez y, aplicando el criterio de la Corte, no procedería”. 

“Además, esta sentencia presiona a senadores y diputados para que quiten la protección del derecho a la vida en el Código Penal Federal”, advirtió.

Pero “sobre todo”, denunció, “transmite el mensaje a la sociedad de que se le puede quitar la vida a un hijo o hija antes de nacer. Y que un hijo o una hija no merecen la misma protección de la ley antes de nacer que después de nacer”.

“Como ciudadanos debemos lograr que esto cambie y que lo único justo y razonable sea proteger por igual a la madre y al hijo”, expresó.

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