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La salida de la Coordinacón Fiscal (Por: Jorge Álvarez Banderas)

Esta actitud al parecer va solamente en un sentido político más que jurídico, no veo por ahora a ninguna entidad abandonando la coordinación fiscal

Morelia, Michoacán, 03 de noviembre de 2020.- La primera Ley de Coordinación Fiscal data del 28 de diciembre de 1953 publicada en el Diario Oficial el 30 de dicho mes y año, con un inicio de vigencia el 1º. de enero de 1954; en este ordenamiento de tan solo 10 artículos, se regulaba la instalación de una Comisión Nacional de Arbitrios que regularía una serie de recomendaciones, dando oportunidad de que las entidades federativas que no siguieran dichas recomendaciones se pudieran defender ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por las retenciones totales o parciales de las participaciones de los ingresos federales a que tuvieran derecho, no se establecía una obligación de adhesión para las entidades federativas, este ordenamiento estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 1978.

La segunda y actual Ley de Coordinación Fiscal inició su vigencia en dos fechas, por un lado, el 1º. de enero de 1979 y por otro el 1º. de enero de 1980, este ordenamiento abrogó el anterior, al igual que la Ley que Regula el Pago de Participaciones en Ingresos Federales a las Entidades Federativas, de 29 de diciembre de 1948; y la Ley que Otorga Compensaciones Adicionales a los Estados que Celebren Convenio de Coordinación en Materia de Impuesto Federal sobre Ingresos Mercantiles, de 28 de diciembre de 1953.

La adhesión de las entidades federativas a la coordinación fiscal se da en un contexto de sumisión ante un partido hegemónico, donde todos los niveles de gobierno se encontraban en ese momento en manos de la “familia revolucionaria”; la primera reacción de inconformidad por falta de recursos económicos por parte de los gobernadores de diversas entidades federativas hacia el ejecutivo federal, se da con el inicio de la incipiente transición presidencial al perder el partido de estado el poder; es a partir de ahí que se dota a las entidades federativas de potestades tributarias para fortalecer su hacienda pública.

Poco a poco las entidades federativas fueron ejerciendo sus nuevas potestades tributarias, sin embargo su establecimiento solo fue un paliativo pretendiendo obtener mayores ingresos; en la presente administración nuevas voces de gobernadores se alzan frente al ejecutivo federal ante la insuficiencia de recursos a sus entidades, amenazando con salirse de la coordinación fiscal, sin percatarse del caos que viviríamos los gobernados ante una situación de esta naturaleza por la doble tributación en que nos encontraríamos, esta actitud al parecer va solamente en un sentido político más que jurídico, no veo por ahora a ninguna entidad abandonando la coordinación fiscal, si sucediera, agradecidos los abogados por dotarnos de mayor trabajo para impugnar sus determinaciones.

@lvarezbanderas

Una Constitución permanente (Por: Jorge Álvarez Banderas)

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