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Llama Mayela Salas a no politizar temas ambientales en Michoacán

La diputada del Morena niega que en el dictamen de la nueva Ley de Conservación Ambiental se privaticen los bienes materiales y que se mantenga el otorgamiento para explotación de particulares, entre otros aspectos

Morelia, Michoacán, 11 de agosto de 2020.- La presidenta de la Comisión de Desarrollo Sustentable y Medio Ambiente del Congreso del Estado de Michoacán, Mayela Salas Sáenz, llamó a no politizar los temas ambientales en la entidad.

Mediante un posicionamiento enviado a los principales medios de comunicación de Michoacán, la diputada del Morena negó que en la nueva Ley de Conservación Ambiental se privaticen los bienes materiales y que se mantenga el otorgamiento para explotación de particulares, entre otros aspectos.

Mayela Salas estableció que las normas oficiales mexicanas y los tratados internacionales protegen en todo momento el uso de suelo y que el derecho al agua se encuentra garantizado en la Ley de Agua y Gestión de Cuencas para el Estado de Michoacán.

Así mismo, rechazó que en la nueva norma no se omite la prohibición de tecnologías nocivas y que tampoco se eliminan los derechos de los ciudadanos.

A continuación, ATIEMPO (www.atiempo.mx), su portal de noticias y denuncias por internet, reproduce de manera íntegra el citado posicionamiento:

Soy una fiel creyente en el cambio que está en marcha, por nuestro presidente,  el Lic. Andres Manuel López Obrador. No debemos caer en simulaciones, ni tampoco en lucrar con algo tan delicado como el tema ambiental. Aplaudo que en últimas fechas, el medio ambiente este en la agenda de diversos actores políticos de gran relevancia, donde es necesaria la participación de la ciudadanía para la creación de leyes. Todas las opiniones son bienvenidas,  desde el ciudadano que utiliza una cubeta en su baño para captar agua, hasta el gran investigador o ambientalista de temas tan profundos e interesantes, como las áreas naturales protegidas, cañones antigranizo, etc. 

Mucho se ha hablado de la nueva ley de conservación ambiental, donde hay diferentes posturas, que sin duda enriquecen el dictamen, en el cual, tuve la fortuna de estar en todo el desarrollo de su elaboración. La ley que mandó el gobernador tuvo cambios sustanciales, ya que los integrantes de las comisiones dictaminadores, somos de diversas ideologías. 

En mi quehacer legislativo, he propuesto diversas modificaciones en materia ambiental, porque soy consciente, no de hoy, sino décadas, que debemos cuidar a la madre tierra. Por eso, no es momento de cálculos políticos ni revanchismos, que lo único que genera es una división entre los ciudadanos, al estar informándolos de manera errónea.

Quiero poner en consideración unos puntos que se han tocado, clarificando un poco el tema del dictamen de la ley de Conservación ambiental:

1.-    Es totalmente falso que se privaticen los bienes naturales, ya que los ayuntamientos y el estado, son quienes administraran las ANP´S.  “Artículo 71. En el establecimiento, administración y manejo de las áreas naturales protegidas estatales y municipales, la Secretaría y los Ayuntamientos promoverán la participación de sus habitantes para su conservación.” 

2.-   No se mantiene el otorgamiento, para explotación de particulares, ya que están sujetos a las NOM; y si en las normes oficiales mexicanas se establece, la cámara de diputados o senadores, pueden proponer el cambio, una competencia que no es local.  “Artículo 79. Para el otorgamiento a las comunidades indígenas de permisos, licencias, concesiones, o en general de autorizaciones a que se sujetaren la exploración, explotación o aprovechamiento de recursos en áreas naturales protegidas, se sujetarán a los términos y principios establecidos en las normas oficiales mexicanas.

3.- Las normas oficiales mexicanas y los tratados internacionales protegen en todo momento el uso de suelo. “Artículo 77. Una vez establecida un área natural protegida, sólo podrá ser modificada siguiendo el procedimiento previsto en las normas oficiales mexicanas y en los términos de la Declaratoria misma que siempre estarán sujeta a los términos legales internacionales y nacionales.”

4.- El derecho al agua se encuentra garantizado en la ley  de  agua y gestión de cuencas para el estado de Michoacán de Ocampo y el art. 4to. Constitucional. 

5.- No se omite la prohibición de tecnologías nocivas, el art. 3ero. Señala: “La planeación y ejecución de acciones que fomenten la educación, capacitación y fortalecimiento de la cultura ambiental, así como el desarrollo de tecnologías limpias y renovables”. 

6.- No se eliminan derechos de la ciudadanía, “Artículo 31. Los programas de ordenamiento ecológico territorial estatal, regional y local, se deberán someter a un proceso de consulta pública; conforme a las bases que se establezcan en el Reglamento de esta Ley.”

Lo previsto en la ley de Conservación Ambiental, se  interpretará de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las leyes del Congreso de la Unión que de ella emanen, los tratados internacionales en que el Estado Mexicano sea parte y las Normas Oficiales Mexicanas aplicables en la materia; así como la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, las leyes que de ella emanen, y las demás disposiciones vigentes en la materia, prevaleciendo la “jerarquía normativa.” Existen muchos temas de medio ambiente pendientes,  en el Senado y la Cámara de Diputados Federal, que sin duda la ciudadanía está ávida por participar, es necesario tomar en cuenta todas las voces, para que México llegue a ser ejemplar con otros países de la región y del mundo. Por  eso, espero que sea tomada en cuenta mi opinión, para que legisladores federales, tengan a bien, en reformar la LEY GENERAL DE MEDIO AMBIENTE, y así poder lograr ser un país sustentable.  Tenemos que ser coherentes con lo que decimos y hacemos, por eso, mi desempeño como legisladora local ha sido en pro del medio ambiente, las iniciativas que he presentado en su mayoría han sido sobre el cuidado y protección de nuestra naturaleza.  

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