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Otra vez, magistrada del TEPJF propone ‘revivir’ candidatura de Morón

De acuerdo con autoridades judiciales, el proyecto de sentencia de la magistrada Mónica Aralí Soto propone regresar nuevamente el caso al INE, para que le imponga una sanción distinta a la negativa del registro

Ciudad de México, 22 de abril de 2021.- La magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso propondrá este jueves al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) regresar a Raúl Morón Orozco la posibilidad de registrarse como candidato del Morena al gobierno de Michoacán, la cual le quitó el INE.

De acuerdo con autoridades judiciales, el proyecto de sentencia de la magistrada propone regresar nuevamente el caso al INE para que sea dicha autoridad administrativa la que imponga a Morón una sanción distinta a la negativa de la candidatura.

El proyecto de la magistrada, según las autoridades consultadas, es acorde con el pronunciamiento que ella tuvo en la sesión del 9 de abril pasado cuando se resolvió por primera vez este caso en el TEPJF.

Aquella ocasión, a propuesta de la magistrada Soto Fregoso, el TEPJF ordenó regresar el expediente al INE para individualizar la sanción, pero no estableció un criterio obligatorio de modificar el tipo de sanción aplicada a Morón.

No obstante, en el proyecto que podría ser votado este jueves en la Sala Superior del TEPJF, la magistrada Soto Fregoso insistió en que se debe individualizar la sanción, pero ahora sí ordena al INE modificar el tipo de sanción.

Dicha decisión tendría que tomarse en un plazo no mayor a las 72 horas, a partir de la notificación y 24 horas más para que el Instituto Electoral de Michoacán reponga la candidatura al morenista.

En la sesión del 9 de abril la magistrada Soto Fregoso dijo, en síntesis, que Morón si fue precandidato de Morena, que sí hizo precampaña, y sí presentó su reporte de gastos de campaña, aunque lo hizo en forma extemporánea (1 mes y 19 días tarde).

Además, señaló que el INE incurrió en una serie de omisiones como no notificar al precandidato de Morena para presentar sus gastos de precampaña, lo que le causó un perjuicio en su legítima aspiración de ser candidato

Por ello, pidió que la sanción se individualice y se determine cuidadosamente el objetivo de la sanción, sobre todo a la luz de un posible efecto perjudicial al goce de los derechos protegidos, como el de ser votado

La magistrada señaló que la sanción debe ser acorde a la gravedad de la falta, por lo que se debe estimar si fue una falta ordinaria, especial o mayor, y considerar los efectos de la gravedad en los bienes jurídicos tutelados como son la rendición de cuentas, transparencia y certeza en el ejercicio del gasto.

En aquella ocasión dijo que la sanción del retiro de la candidatura no se debe tomar como una sanción aplicada de manera única, sino que debe ser explorada otra posibilidad de sanción. En su nuevo proyecto, pide cambiar el tipo de sanción por una distinta al retiro de la candidatura.

Para que sea aprobado el proyecto se requieren de cuatro votos los cuales sí podrían reunirse, según el pronunciamiento que cada magistrado en la sesión del 9 de abril pasado. (CON INFORMACIÓN DE: EL FINANCIERO).

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