Editoriales

El fracaso de la colegiación / Jorge Álvarez Banderas

El autor, Jorge Álvarez Banderas, es un prestigiado y reconocido Doctor y académico especializado en temas legales y fiscales, además de coordinador general del CIJUS de la UMSNH
El autor, Jorge Álvarez Banderas, es un prestigiado y reconocido Doctor y académico especializado en temas legales y fiscales, además de coordinador general del CIJUS de la UMSNH

Se pretende expedir una “Ley General del Ejercicio Profesional Sujeto a Colegiación y Certificación Obligatoria”; una iniciativa que ha generado muchas discusiones sobre el temor o conveniencia de algunos profesionistas que consideran que en su momento pudiera la misma ser violatoria de derechos humanos nacionales y convencionales.

Morelia, Michoacán, 29 de octubre de 2015.- Mucho se habla de la colegiación profesional obligatoria en aras de la iniciativa de ley presentada hace ya varios meses por diversos senadores mediante la cual se pretende expedir una “Ley General del Ejercicio Profesional Sujeto a Colegiación y Certificación Obligatoria”; una iniciativa que ha generado muchas discusiones al respecto sobre el temor o conveniencia de algunos profesionistas que consideran que en su momento pudiera la misma ser violatoria de derechos humanos nacionales y convencionales.

Gran sorpresa se ha llevado el gremio de los contadores públicos organizados desde hace ya mucho tiempo, como un ejemplo de transparentar su ejercicio profesional ante el fisco federal en su actuación como dictaminadores autorizados por la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por la reforma propuesta al contenido del artículo 52 del Código Fiscal de la Federación, donde se establece que un contador público podrá emitir dictámenes para efectos fiscales, siempre y cuando acredite entre otros requisitos, que cuente con estudios de posgrados inherentes a las contribuciones, aspecto del que muchos contadores públicos adolecen, limitándoles en el ejercicio de su profesión.

Considero que tales requisitos en caso de ser aprobados en el paquete que ahora se discute en la Cámara de Senadores (miscelánea fiscal 2016) que ya fue aprobada por la Cámara de Diputados pervierten la actuación del Estado y es contraria al espíritu de la iniciativa de la legislación que pretende regular la actuación de ciertas profesiones.

La vicepresidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos ha declarado que “un (contador público) recién egresado (de la universidad) puede tomar un posgrado en materia fiscal, pero eso no indica que tenga experiencia para realizar un dictamen”, aunado a que “las universidades son responsables de la educación inicial, pero los colegios cuidamos el desarrollo y actualización profesional”.

El gremio organizado de la contaduría pública en México, es punta de lanza en el control de la educación profesional continua de sus miembros de una manera estricta y transparente, es un ejemplo a seguir en el caso de la aprobación de la legislación en un inicio indicada, la propuesta de reforma al artículo 52 del Código Tributario Nacional no es más que un signo de que la colegiación profesional en México ha fracasado.

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