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La representatividad en la UMSNH / Jorge Álvarez Banderas

Nuestro colaborador de ATIEMPO.MX, Jorge Álvarez Banderas
Nuestro colaborador de ATIEMPO.MX, Jorge Álvarez Banderas

En días próximos el H. Consejo Técnico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UMSNH será renovado, la convocatoria ha sido debidamente publicada en los estrados de nuestra institución, esperemos sea un buen ejercicio por el bien de nuestra gloriosa institución

Morelia, Mich., 06 de junio de 2013.- Una de las características de nuestro estado mexicano es la ser un país representativo, a nivel federal contamos con un Poder Legislativo que se deposita en un Congreso General que se divide en dos Cámaras, una de Diputados y otra de Senadores; por otro lado el Poder Ejecutivo es integrante del Supremo Poder de la Federación integrado además del Poder Judicial.

Al interior de nuestra Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), esta representatividad confluye en su forma de gobierno; el artículo 8º. de su Ley Orgánica consigna que la autonomía de la Universidad se deposita en la comunidad universitaria, constituida por sus autoridades, trabajadores académicos, administrativos, alumnos; y su gobierno estará formado por: El Consejo Universitario; el Rector; los Consejos Técnicos de Escuelas, Facultades, Institutos y Unidades Profesionales; el Consejo de Investigación Científica; y los Directores de Escuelas, Facultades, Institutos y Unidades profesionales; el 18 de septiembre de 1986 se adiciona a la Comisión de Rectoría como parte integrante de su gobierno.

Los Consejos Técnicos de Escuelas, Facultades, Institutos y Unidades Profesionales, son los encargados de regular el funcionamiento de estas dependencias universitarias, debiéndose integrar con el Director respectivo, un Profesor y un alumno por cada grado; para el caso de las preparatorias, con un Profesor y un alumno por cada bachillerato, se elegirán por un período de dos años; sus atribuciones, funciones y mecanismos de elección de Consejeros, serán los que se establezcan en el Estatuto y Reglamentos respectivos. (a la fecha no hay un Estatuto acorde a la Ley Orgánica, aplicándose aún el del 29 de mayo de 1963).

Para ser Consejero Representante de Profesores, será necesario llenar los siguientes requisitos: Ser mexicano por nacimiento; tener título profesional, salvo la Escuela Popular de Bellas Artes; una antigüedad mínima de tres años de servicio docente o de investigación dentro de la Universidad, exceptuando las dependencias de nueva creación; no ocupar cargo administrativo en la misma en el momento de la elección y durante su desempeño; así como tener el 80% de asistencia a sus clases; no haber cometido faltas que puedan calificarse graves ni en contra de disciplina que hubiesen sido sancionadas por autoridades universitarias; y no estar sujeto a proceso por delitos dolosos.

En días próximos el H. Consejo Técnico de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UMSNH será renovado, la convocatoria ha sido debidamente publicada en los estrados de nuestra institución, esperemos sea un buen ejercicio por el bien de nuestra gloriosa institución, para dar cabal cumplimiento al artículo 23 de la Ley Orgánica Universitaria.

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