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SCJN resolverá el 13 de enero sobre gratuidad de inscripción en la UMSNH

Según el proyecto del ministro Jorge Pardo, desde el decreto de fundación de la UMSNH, en 1917, se aclaró que la educación que impartiría no sería gratuita
Según el proyecto del ministro Jorge Pardo, desde el decreto de fundación de la UMSNH, en 1917, se aclaró que la educación que impartiría no sería gratuita

El ministro Jorge Pardo plantea aclarar que las universidades autónomas sí pueden cobrar a sus alumnos todas las cuotas que consideren necesarias, aunque también propondría obligar al Gobierno de Michoacán a etiquetar recursos suficientes para garantizar las disposiciones constitucionales locales

México, D.F., 04 de enero de 2016.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está apunto (el próximo 13 de enero) de sentar un importante precedente en materia de cuotas escolares.

El ministro Jorge Pardo presentó un proyecto en el que plantea aclarar que las universidades autónomas sí pueden cobrar a sus alumnos todas las cuotas que consideren necesarias, aunque también hay versiones que indican que la propuesta del ministro será en el sentido de obligar al Gobierno de Michoacán a etiquetar recursos suficientes para garantizar las disposiciones de gratuidad de la educación previstas en la Constitución local.

Específicamente se discutirá el proyecto que rechaza el amparo que solicitó una alumna de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (UMSNH), quien no quiere pagar 420 pesos, la cuota de reinscripción que se fijó a partir del ciclo escolar de 2014.

De acuerdo con el ministro, la Constitución General de la República sólo dicta la gratuidad de la educación que imparte directamente el Estado y no la que imparten instituciones autónomas.

«Existe una restricción constitucional al principio de gratuidad de la educación que imparte el Estado, consistente en que no es aplicable a los estudios cursados en universidades autónomas, pues son éstas las que en su facultad y responsabilidad de autogobierno, libre enseñanza y administración patrimonial, pueden determinar si deben o no cubrirse cuotas por los estudios que en las mismas se realizan, así como los montos», indica el proyecto.

Asimismo, subraya que desde el decreto de fundación de la UMSNH, en 1917, se aclaró que la educación que impartiría no sería gratuita.

Un juez federal otorgó el amparo porque el artículo 138 de la Constitución de Michoacán garantiza la educación gratuita hasta licenciatura.

Sin embargo, Pardo ha propuesto aclarar que esta norma no aplica a universidades autónomas.

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