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Dictan auto de formal prisión contra Humberto Suárez

El juez consideró que existen pruebas suficientes para iniciar formalmente el proceso, por lo que le dará continuidad y el imputado lo enfrentará en libertad provisional bajo caución, cumpliendo los requisitos que se le impongan
El juez consideró que existen pruebas suficientes para iniciar formalmente el proceso, por lo que le dará continuidad y el imputado lo enfrentará en libertad provisional bajo caución, cumpliendo los requisitos que se le impongan

Siendo las 11:30 horas del 25 de marzo de 2014, el juez cuarto de lo penal del distrito judicial de Morelia, resolvió la situación jurídica del ex secretario de Finanzas y Administración de los gobiernos de Lázaro Cárdenas Batel y Leonel Godoy Rangel

Morelia, Michoacán, 25 de marzo de 2014.- Siendo las 11:30 horas del 25 de marzo de 2014, el juez cuarto de lo penal del distrito judicial de Morelia, resolvió la situación jurídica del ex secretario de Finanzas y Administración de los gobiernos de Lázaro Cárdenas Batel y Leonel Godoy Rangel, Humberto Suárez López.

Después de que se cumpliera la duplicidad de plazo constitucional, se dictó formal prisión contra Suárez López, por su probable responsabilidad penal en los delitos de peculado y abuso de autoridad, en agravio del Gobierno del Estado de Michoacán de Ocampo.

Lo anterior, significa que el juez consideró que existen pruebas suficientes para iniciar formalmente el proceso, por lo que le dará continuidad y el imputado lo enfrentará en libertad provisional bajo caución. Para lo anterior, cabe recordar que en el momento de la audiencia el imputado se reservó el derecho a declarar y solicitó libertad provisional bajo caución, derecho que le fue reconocido. Para formalizarlo se realizó la entrega de garantías inmobiliarias por el monto de la fianza fijada por el juez.

Es importante resaltar que dicho auto no define la responsabilidad del imputado en los delitos que se le atribuyen, sino que se le considera como probable responsable. Además, puede ser recurrido en apelación, por cualquiera de las partes, ante el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Michoacán, dentro del término de tres días a partir de la notificación.

En este momento inician las etapas del proceso: probatoria, de conclusiones del ministerio público, de audiencia final y etapa de sentencia.

Resulta conveniente señalar que derivado de que el acusado goza de libertad provisional bajo fianza, dicho beneficio continuará, debiendo cumplir con las obligaciones que le sean impuestas por el tribunal: presentarse periódicamente, además de las veces que sea citado para que esté presente en los distintos momentos del juicio.

Dentro de dicho proceso las partes podrán aportar las pruebas necesarias para probar lo que el interés de cada una de ellas les resulte importante.

Todo juzgador del Poder Judicial de Michoacán debe resolver con apego a derecho, imparcialidad, con profesionalismo, autonomía e independencia. (CON INFORMACIÓN DE: MIMORELIA.COM).

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