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Gobierno de Michoacán niega información sobre adquisición de patrullas

Los sujetos obligados del Ejecutivo deben notificar personalmente la respuesta al solicitante e informar al IMAIP de su cumplimiento
Los sujetos obligados del Ejecutivo deben notificar personalmente la respuesta al solicitante e informar al IMAIP de su cumplimiento

El IMAIP revocó respuestas en las que diferentes instancias de la administración estatal niegan información o la declaran inexistente sobre la última compra de patrullas y motocicletas en el gobierno de Salvador Jara; ordena a las dependencias a buscar la información solicitada y responder en un plazo de 10 días

Morelia, Michoacán, 13 de diciembre 2016.- Con fundamento en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Michoacán de Ocampo, el órgano garante de la transparencia en la entidad, revocó respuestas que emitieron dependencias del Poder Ejecutivo del Estado, respecto a diversas solicitudes de acceso a la información pública, realizadas por la ciudadanía.

En la sesión XXXIII del pleno del Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP), conformado por el comisionado presidente Ulises Merino García y el comisionado Daniel Chávez García, se declararon fundados los recursos de revisión:

ITAIMICH/REVISIÓN/261/2015

ITAIMICH/REVISIÓN/268/2015

ITAIMICH/REVISIÓN/286/2015

ITAIMICH/REVISIÓN/306/2015

ITAIMICH/REVISIÓN/307/2015

ITAIMICH/REVISIÓN/308/2015

Los anteriores medios de impugnación se refieren a diversas dependencias del gobierno del estado que negaron o declararon inexistente información pública sobre la adquisición de cuarenta vehículos y veinte motocicletas.

En el caso del Despacho del Gobernador, la Secretaría de la Contraloría y la Secretaría de Finanzas y Administración, el IMAIP determinó revocar su respuesta, para que en el plazo de diez días, emitan una nueva búsqueda de la información solicitada y, en su caso emitan una nueva declaración de inexistencia con los elementos mínimos que determina la ley.

Por otra parte, el IMAIP pudo advertir que el Comité de Adquisiciones del Poder Ejecutivo, en atención a sus facultades determinadas por la ley debe tener la información solicitada, por lo que se revocó su respuesta a la solicitud de acceso a la información y se ordenó que realice una búsqueda exhaustiva de lo requerido.

La Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Michoacán (SSP) si bien no contaba con toda la información solicitada, sí podía haber aportado datos que tenía en su poder y que se le requerían en la solicitud de información, por ello el IMAIP ordenó a la SSP para que informe ¿Cuándo fue realizada la última adquisición de vehículos designados para ser utilizados como patrullas o como medios de transporte similares, relacionados directamente con el área de seguridad pública del estado de Michoacán durante la administración del C. Salvador Jara Guerrero?

Finalmente, la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) debe contar con la información que le fue solicitada dado que al aceptar que recibió en resguardo los cuarenta vehículos y veinte motocicletas, tiene que tener el registro de los mismos de acuerdo con su Ley Orgánica. Así pues la PGJE debe realizar una búsqueda exhaustiva de la información requerida dictaminó el IMAIP.

De todo lo anterior, los sujetos obligados del Ejecutivo deben notificar personalmente la respuesta al solicitante e informar al IMAIP de su cumplimiento.

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