Justicia

Busca CEDH erradicar prácticas de tortura en áreas de barandilla

El Programa Estatal de Supervisión para Áreas de Internación Municipal Barandillas 2018 inició en el mes de agosto de este año con el objetivo de conocer la situación que guarda el respeto a los derechos humanos de las personas que son remitidas a estos espacios
El Programa Estatal de Supervisión para Áreas de Internación Municipal Barandillas 2018 inició en el mes de agosto de este año con el objetivo de conocer la situación que guarda el respeto a los derechos humanos de las personas que son remitidas a estos espacios

La falta de expedientes, de servicio médico, de unificación en la imposición de multas y sanciones, y de infraestructura en condiciones insalubres, son algunas de las situaciones que ha encontrado la CEDH durante la revisión que realiza a las áreas de internación municipal

Morelia, Michoacán,  07 de octubre de 2018.- La falta de expedientes, de servicio médico, de unificación en la imposición de multas y sanciones, y de infraestructura en condiciones insalubres, son algunas de las situaciones que ha encontrado la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) durante la revisión que realiza a las áreas de internación municipal, mejor conocidas como “barandillas”.

El Programa Estatal de Supervisión para Áreas de Internación Municipal Barandillas 2018 inició en el mes de agosto de este año con el objetivo de conocer la situación que guarda el respeto a los derechos humanos de las personas que son remitidas a estos espacios.

El visitador Regional de Morelia, Marco Vinicio Aguilera Garibay, realizó la supervisión de las barandillas del estado y de la capital michoacana. Indicó que es una instrucción permanente del Presidente, Víctor Manuel Serrato Lozano, garantizar el respeto a los derechos humanos de las personas que son detenidas por faltas administrativas; y prioritariamente verificar que en estos espacios no se ejerzan actos de tortura, ni de tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Recordó que son cinco los derechos fundamentales que se revisan durante la evaluación que realiza este organismo: derecho a recibir un trato humano y digno, derecho a la legalidad y seguridad jurídica, derecho a la protección de la salud, derecho a la integridad personal; y derecho a los grupos en situación de vulnerabilidad.

El funcionario de la CEDH indicó que es el Estado, el responsable de que las personas detenidas y remitidas a las áreas de internación municipales, tengan las condiciones de estancia apropiadas y que se haga efectivo, por parte del personal que ahí labora, el respeto a los derechos humanos de los internos o detenidos, y de manera específica, el derecho al trato digno, a la seguridad y a la integridad personal.

Enfatizó que en estos espacios mejor conocidos como “barandillas” se debe contar por lo menos con los siguientes datos: la filiación del detenido, el motivo de la detención,  la autoridad o servidor público que realizó la detención, la sanción impuesta, el tiempo de internación, el monto de la multa, un inventario de las pertenencias de los detenidos; así como monitorear constantemente a los internos para prevenir situaciones que pudieran atentar contra la seguridad y la vida de estos.

Una vez que concluyan las acciones del Programa Estatal de Supervisión para Áreas de Internación Municipal Barandillas 2018 en las 113 “barandillas”, a través de las seis Visitadurías Regionales: Apatzingán, Lázaro Cárdenas, Morelia, Uruapan, Zamora y Zitácuaro; esta Comisión presentará los resultados obtenidos y realizará las observaciones necesarias a las autoridades competentes, a fin de garantizar el pleno respeto de los derechos fundamentales de las personas que por alguna circunstancia sean remitidas a las mismas.

Es de mencionar que en los últimos tres años la CEDH tiene un registro de 18 quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos de personas detenidas y remitidas a las barandillas, vulnerando  principalmente el derecho a no ser sometido al uso desproporcionado de la fuerza pública, no ser sujeto de privación ilegal de la libertad  o de incomunicación.

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