DestacadasJusticia

Incumple PGJE recomendación de la CEDH

La recomendación fue aceptada pero la autoridad no remitió ninguna prueba de cumplimiento, por lo que en apego al artículo 86 de la Ley y al 52 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación
La recomendación fue aceptada pero la autoridad no remitió ninguna prueba de cumplimiento, por lo que en apego al artículo 86 de la Ley y al 52 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación

Lo anterior, derivado de la queja porque los Agentes Octavo, Decimoctavo y Sexto del Ministerio Público Investigador de la Subprocuraduría Regional de  Justicia de Morelia, se negaron a llevar a cabo las consignaciones relacionadas con tres averiguaciones previas

 –

Morelia, Michoacán, 05 de octubre de 2014. La Procuraduría General de Justicia en el Estado (PGJE) incumplió una recomendación que emitió la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH), por irregular integración de la averiguación previa penal.

Lo anterior derivado de la queja presentada por el abogado de un interno del Centro Federal de Readaptación Social número 3 de la ciudad de Matamoros, Tamaulipas, quien solicitó la intervención de este organismo, luego de que los Agentes Octavo, Decimoctavo y Sexto del Ministerio Público Investigador de la Subprocuraduría Regional de  Justicia de Morelia, se negaron a llevar a cabo las consignaciones relacionadas con tres averiguaciones previas.

Por estos hechos la CEDH emitió la Recomendación 009/2014 dirigida a la Procuraduría General de Justicia en el Estado (PGJE) en la que solicita se instruya al Agente Sexto del Ministerio Público Investigador de Morelia para que realizara los actos necesarios para el esclarecimiento de hechos denunciados.

Se recomendó también girar indicaciones al Agente Décimo Octavo para que  efectuara las diligencias requeridas y actuaciones pertinentes relacionadas con otra averiguación; así como al Agente Octavo para que solicitara la asistencia de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, y se realizaran las diligencias para la resolución de otra investigación.

La recomendación fue aceptada pero la autoridad no remitió ninguna prueba de cumplimiento, por lo que en apego al artículo 86 de la Ley y al 52 del reglamento de la CEDH se procede a su publicación.

Publicaciones relacionadas

Mira también
Cerrar
Botón volver arriba