Justicia

“Técnicamente”, Tránsito estatal no puede infraccionar en Morelia

Si un conductor que hubiera cometido alguna falta al reglamento en Morelia fue infraccionado por algún elemento estatal, si acude al Tribunal de Justicia Administrativa y señala que cometió una infracción en el municipio pero fue sancionado por Tránsito Estatal, éste tumba la multa
Si un conductor que hubiera cometido alguna falta al reglamento en Morelia fue infraccionado por algún elemento estatal, si acude al Tribunal de Justicia Administrativa y señala que cometió una infracción en el municipio pero fue sancionado por Tránsito Estatal, éste tumba la multa

Según el asesor jurídico de la Policía de Morelia, Alejandro González Cussi, técnicamente, «todo el territorio capitalino está bajo la jurisdicción del municipio y por lo tanto, es a este a quien le corresponde realizar las infracciones de tránsito a los conductores que lo violen”

Morelia, Michoacán, 28 de mayo de 2018.- La confusión que existe por parte de los ciudadanos en materia de tránsito al no saber quién lo debe infraccionar cuando se comete una falta al reglamento en esta ciudad, fue clarificada por el asesor jurídico de la Policía de Morelia, Alejandro González Cussi, quien puntualizó que técnicamente, «todo el territorio capitalino está bajo la jurisdicción del municipio y por lo tanto, es a este a quien le corresponde realizar las infracciones de tránsito a los conductores que lo violen”.

Y es que González Cussi dijo de manera enfática que si un conductor que hubiera cometido alguna falta al reglamento en Morelia fue infraccionado por algún elemento estatal, «si acude al Tribunal de Justicia Administrativa y señala que cometió una infracción en el municipio pero fue sancionado por Tránsito Estatal, este tumba la multa, ya que desde el punto de vista jurídico, no está facultado el Estado para aplicar infracciones en Morelia por lo que de manera automática dicha infracción no procede».

Al cuestionarle al asesor por qué históricamente la Policía Estatal ha levantado infracciones en Morelia, respondió que, «esa es precisamente la confusión de la ciudadanía, en el caso de la capital michoacana, el estado ha venido prestando el servicio de tránsito dado que los ayuntamientos anteriores no tenían la capacidad para sancionar a los infractores, ahora es diferente debido a que esta administración, ya cuenta con más de 700 policías que tienen la capacidad de levantar infracciones en caso de que se requiera».

Alejandro González estableció que en otros municipios de Michoacán al firmar el mando único, de manera implícita los ayuntamientos aceptan que sea el Estado el que se haga cargo de las multas de tránsito, «pero eso es cuando aquél municipio no tiene la capacidad con personal para aplicar el reglamento, por eso, al estar Morelia fuera del mando unificado, la responsabilidad de la aplicación del Reglamento de Tránsito, recae por completo en la Policía Municipal».

Agregó que aquello de que los carriles laterales del libramiento son de jurisdicción municipal y los carriles centrales atendidos por el estado es una “leyenda urbana”, la competencia en materia de tránsito municipal es de los ayuntamientos pues la Constitución le otorga esa facultad al municipio aunque «por costumbre», Tránsito Estatal ha venido prestándolo como lo ha hecho durante muchos años, pero en la actualidad la Policía de Morelia ya tiene la capacidad por su número de elementos de prestar adecuadamente el servicio», culminó.

Por otro lado, (platicamos también con algunos) elementos de tránsito estatal quienes precisaron que lo que sus superiores les han dicho, es que su función no es solamente la prevención del delito y las faltas administrativas, «sino que si se sorprende a cualquier persona en la comisión flagrante de una infracción de tránsito, se tiene no solo la competencia, sino la obligación de sancionar conforme a las disposiciones de la Ley de Tránsito del Estado y su Reglamento».

Ante la disyuntiva, los agentes consultados señalaron que hoy existe disposición de ambos niveles de gobierno para trabajar en plena coordinación en materia de tránsito de conformidad con las competencias de cada uno de ellos aunque también aseguraron, que si los agentes estatales levantan infracciones en territorio moreliano, «no se violentan los artículos 115 de la Constitución Federal ni tampoco el 113 de la Constitución de Michoacán», concluyeron.

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