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Advierte OOAPAS que seguirá aplicando tarifas autorizadas para 2014

La paramunicipal asegura que hasta el momento sólo 9 personas han obtenido el amparo de la justicia federal, misma que se le ha negado a otros 24 usuarios
La paramunicipal asegura que hasta el momento sólo 9 personas han obtenido el amparo de la justicia federal, misma que se le ha negado a otros 24 usuarios

Mediante un comunicado de prensa, el Organismo Operador afirma que sólo una de cuatro jueces federales ha concedido amparos contra los incrementos en las tarifas del agua potable, mientras que otros tres jueces los han negado, además de que está pendiente la Revisión del Amparo

Morelia, Michoacán, 04 de julio de 2014.- Acerca de las resoluciones de los Juicios de Amparo que presentó la Asociación de Usuarios del Agua contra el Decreto Tarifario 2014, y con el fin de aclarar a la ciudadanía la situación real de este caso, el Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Morelia (OOAPAS) informa lo siguiente:

• Se resolvieron seis (6) Juicios de Amparo contra el Decreto Tarifario 2014.

• En tres (3) de los juicios, los Jueces 1, 2 y 4° de Distrito negaron el amparo a los Usuarios quejosos, y se ratificó la legalidad del Decreto de Tarifas 2014.

• En otros tres (3) juicios, resueltos por la Juez Noveno de Distrito, se resuelve amparar únicamente a nueve (9) quejosos en contra del Decreto Tarifario 2014, y se les ordena que paguen las tarifas correspondientes al 2013.

• En los seis (6) juicios señalados aún está pendiente que se tramite la Revisión del Amparo, por lo que las sentencias dictadas no son definitivas hasta que un Tribunal Colegiado de Circuito conozca y resuelva sobre esos amparos.

• En total, en los seis (6) juicios se ha concedido el amparo a nueve (9) personas, pero se ha negado el amparo a veinticuatro (24) usuarios.

El OOAPAS únicamente se limita a dar cumplimiento con el acuerdo de tarifas que aprueba el Ayuntamiento de Morelia, Decreto Tarifario que hasta el día de hoy sigue siendo vigente, legal y constitucional, porque no hay sentencia definitiva que impida su aplicación general.

Cabe resaltar que tres diferentes Jueces de Distrito negaron el amparo a los quejosos, siendo sólo una Juez (la noveno) quien concedió el amparo a los quejosos señalados.

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