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En Morelia, conductores ebrios pagarán multa y harán trabajo comunitario

Por último las multas más comunes como no usar cinturón de seguridad tienen una infracción actualmente de 5 a 10 UMA, hablar por teléfono celular mientras se conduce, el infractor deberá pagar de 10 a 15 UMA
Por último las multas más comunes como no usar cinturón de seguridad tienen una infracción actualmente de 5 a 10 UMA, hablar por teléfono celular mientras se conduce, el infractor deberá pagar de 10 a 15 UMA

El nuevo Reglamento de Tránsito de Morelia, que entró en vigor el pasado martes 2 de mayo, contempla entre otras sanciones que los conductores que sean detectados manejando en estado de ebriedad aparte de pagar la multa correspondiente a la falta, deberán cumplir con 36 horas de trabajo en favor de la comunidad

Morelia, Michoacán, 31 de mayo de 2017.- El nuevo Reglamento de Tránsito de Morelia, que entró en vigor el pasado martes 2 de mayo, contempla entre otras sanciones que los conductores que sean detectados manejando en estado de ebriedad aparte de pagar la multa correspondiente a la falta, deberán cumplir con 36 horas de trabajo en favor de la comunidad.

Así mismo, en el ordenamiento actualizado se adiciona la figura del Juez Cívico que será el que ejerza el derecho de audiencia del infractor e imponga las sanciones correspondientes, otra novedad es que se elimina por fin la figura de concesión de grúas particulares limitando su uso solo en casos excepcionales y obliga a que todos los policías tengan conocimientos de tránsito y vialidad lo que permitirá que cualquiera pueda ser perito en hechos de Tránsito.

En ese sentido, ahora la nueva normativa recibe el pago de las infracciones en Unidad de Medida y Actualización (UMA) que no es más que la referencia económica en pesos para determinar el pago de las obligaciones que en este caso son las multas por infringir el reglamento.

El Capítulo II que habla sobre el Alcoholímetro, en su artículo 134 establece que la Comisión Municipal, llevará a cabo operativos de manera periódica y permanente en diferentes puntos del municipio de Morelia y será realizada por personal acreditado, adscrito, comisionado o autorizado por la Comisión y así, los niveles de alcoholemia están clasificados de la siguiente manera:

1.- de 0.01 a 0.06 mg por litro de aire expirado tendrá tolerancia, es decir, no tendrá ninguna penalización

2.- de 0.07 a 0.19 mg por litro  está considerado como Aliento Alcohólico y tendrá una multa de 20 UMA y arresto conmutable por 36 horas de trabajo en favor de la comunidad

3.- de 0.30 a 0.34 mg por litro se considera Ebrio Incompleto y tendrá una multa de 40 UMA y arresto conmutable por 36 horas de trabajo en favor de la comunidad y por último,

4.- de 0.25 mg por litro de aire expirado en adelante, se considera Ebrio y deberá pagar una multa de entre 40 y 60 UMA, es decir, entre 3 mil y 4 mil 500 pesos además de arresto conmutable por 36 horas de trabajo comunitario.

El Juez Cívico por su parte, tiene como facultad calificar, cancelar y aplicar las sanciones mínimas o máximas a los infractores de las disposiciones del Reglamento mediante una adecuada valoración de las circunstancias que ocurran en cada caso como son; la capacidad económica del infractor, la reincidencia y en general, cualquier otra que sea apta para evidenciar la gravedad de la falta.

La figura del Juez Cívico, podrá imponer para todas las infracciones contempladas en este ordenamiento, además de la multa correspondiente, una sanción de 24 a 36 horas de trabajo en favor de la comunidad e incluso, para las infracciones correspondientes al artículo 132 que se refiere a la conducción de autos bajo el influjo de bebidas alcohólicas, enervantes o sustancias psicotrópicas o tóxicas, el Juez Cívico solicitará a la autoridad correspondiente la cancelación de la licencia del infractor cuando sea reincidente.

Por último las multas más comunes como no usar cinturón de seguridad tienen una infracción actualmente de 5 a 10 UMA, hablar por teléfono celular mientras se conduce, el infractor deberá pagar de 10 a 15 UMA, estacionarse en lugar prohibido equivale entre 10 y 15 UMA y No respetar el programa Vial UNO y UNO, tiene una infracción de 10 a 15 UMA.

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