Política

Atiende IEM 118 procedimientos ordinarios sancionadores

Los procedimientos ordinarios son quejas presentadas por diversos actores; los procedimientos especiales sancionadores corresponden a las quejas presentadas que encajan en los supuestos de actos anticipados de campaña
Los procedimientos ordinarios son quejas presentadas por diversos actores; los procedimientos especiales sancionadores corresponden a las quejas presentadas que encajan en los supuestos de actos anticipados de campaña

El Consejo General del IEM, aprobó el informe que rinde la Secretaría Ejecutiva, a través del cual se conocieron 118 procedimientos ordinarios sancionadores y 137 procedimientos especiales sancionadores, así como el informe general presentado por la Junta Estatal Ejecutiva

Morelia, Michoacán, 25 de noviembre de 2015.- El Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), aprobó el informe que rinde la Secretaría Ejecutiva, a través del cual se conocieron 118 procedimientos ordinarios sancionadores y 137 procedimientos especiales sancionadores, así como el informe general presentado por la Junta Estatal Ejecutiva.

Los procedimientos ordinarios son quejas presentadas por diversos actores, mientras que los procedimientos especiales sancionadores corresponden a las quejas presentadas que encajan en los supuestos de actos anticipados de campaña, propaganda política electoral, violación al derecho de réplica y violación al párrafo 8 de artículo 134 de la Constitución que habla sobre la fiscalización, y que son derivadas al Tribunal Electoral del Estado de Michoacán.

Durante la sesión también se determinó la ampliación de 90 días contados a partir de la conclusión del Proceso Electoral del plazo para emitir la normatividad correspondiente para reglamentar la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana del Estado de Michoacán.

Al respecto, el Consejero Presidente Ramón Hernández Reyes expresó que para la creación de dicho reglamento es necesario realizar trabajos en conjunto y consenso con diversos grupos como las comunidades indígenas, y que para ello el Instituto Electoral de Michoacán deberá atender primero el Proceso Electoral Extraordinario.

La Consejera Elvia Higuera Pérez informó que para la elaboración del contenido del reglamento se consultará previamente a las comunidades indígenas con el objetivo de involucrarlos en temas que les son concernientes.

En su intervención, la Consejera Yurisha Andrade Morales indicó que la creación del reglamento de la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana brinda una oportunidad a los michoacanos para participar en las decisiones del gobierno.

Por su parte, los Consejeros Martha López González, José Román Ramírez Vargas, Jaime Rivera Velázquez y Humberto Urquiza Martínez coincidieron en que el órgano electoral vigilará y trabajará a favor del cumplimiento de los mecanismos de participación que beneficien a los ciudadanos y los involucre en las actividades político-electorales.

En sesión, también se dio cumplimiento al acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se ejerce la facultad de atracción y se aprueban los lineamientos para la designación de los consejeros electorales distritales y municipales, así como de los servidores públicos titulares de las áreas ejecutivas de dirección de los organismos públicos locales electorales, así como se ratificó a la mayoría de los funcionarios que integran la Junta Estatal Ejecutiva.

En este sentido, el Consejero Presidente Ramón Hernández Reyes indicó que el Consejo General ha evaluado de manera permanente el desempeño de cada uno de los funcionarios de la Junta Estatal Ejecutiva que se sometieron a ratificación.

Por su parte, la Consejera Yurisha Andrade Morales subrayó que el Consejo General está comprometido con la vigilancia del profesionalismo en el desempeño de los funcionarios que integran el Instituto Electoral de Michoacán.

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