Política

Avala Congreso “ha lugar” para discutir modernización de la ASM

Se busca afianzar su autonomía e independencia y fortalecer la profesionalización de su personal
Se busca afianzar su autonomía e independencia y fortalecer la profesionalización de su personal

El dictamen elaborado por las Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso, establece la propuesta legislativa que propone la modificación de dos preceptos constitucionales para la modernización de la Auditoria Superior del Estado de Michoacán

Morelia, Michoacán, 15 de noviembre de 2017.- El pleno de la Septuagésima Tercera Legislatura aprobó por unanimidad él “ha lugar” para admitir la discusión de la iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforman los artículos 133 y 134 de la Constitución Política de Michoacán.

El dictamen elaborado por las Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso, establece la propuesta legislativa que propone la modificación de dos preceptos constitucionales para la modernización de la Auditoria Superior del Estado de Michoacán (ASM).

El dictamen avalado por los congresistas permitirá propiciar una reingeniería de la ASM, para afianzar su autonomía e independencia y fortalecer la profesionalización de su personal.

Luego del análisis de la propuesta de modificación de los artículos en mención se concluyó declarar ha lugar para admitir a discusión la propuesta de reforma constitucional, toda vez que la misma no contradice disposiciones del sistema federal de competencias, así como tampoco desconoce disposiciones Constitucionales vigentes en el Estado de Michoacán.

Las modificaciones que se proponen para el artículo 133 son: cambio en la denominación al órgano de fiscalización en el estado, dotarla de autonomía financiera y establecer un periodo anual que abarque el informe que este órgano debe presentar al Congreso del Estado.

En lo que respecta a la propuesta de reforma al artículo 134, para determinar el tiempo del informe en congruencia con la propuesta de reforma al artículo 133, se crea un consejo de la auditoria que será  nombrado por el Congreso, y determinar la implementación de un servicio profesional de carrera, del cual se deberá informar trimestralmente.

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