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Congreso de Michoacán aprueba nuevas sanciones a corruptos

Se contemplan sanciones a los particulares en situación especial, entendiéndose como tal a las cometidas por candidatos a cargos de elección popular, miembros de equipos de campaña electoral o de transición, administraciones del sector público, y líderes de sindicatos del sector público
Se contemplan sanciones a los particulares en situación especial, entendiéndose como tal a las cometidas por candidatos a cargos de elección popular, miembros de equipos de campaña electoral o de transición, administraciones del sector público, y líderes de sindicatos del sector público

El pleno de la LXXIII Legislatura aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos; las sanciones aplicarán no sólo contra funcionarios públicos, sino también contra particulares y hasta candidatos a cargos de elección popular y líderes sindicales

Morelia, Michoacán, 06 de junio de 2017.- En sesión ordinaria, el pleno de la LXXIII Legislatura aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

La Ley tiene por objeto establecer las responsabilidades administrativas de los servidores públicos, sus obligaciones, las sanciones aplicables por los actos u omisiones en que estos incurran y las que correspondan a los particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como los procedimientos para su aplicación.

En ese sentido, los funcionarios y empleados de los órganos del estado que cometan faltas administrativas graves como: cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, utilización indebida de información, abuso de funciones, actuación bajo conflicto de intereses, contratación indebida, enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de intereses, tráfico de influencias, encubrimiento, desacato y obstrucción de la justicia; podrán ser suspendidos o destituidos de su empleo, acreedores a sanciones económicas y/o inhabilitados para desempeñar cargos públicos.

Asimismo, se castigará a los particulares que sobornen, utilicen información falsa, tráfico de influencias, participen en procedimientos administrativos ilícitos, y contraten indebidamente a servidores públicos, con sanciones económicas por hasta dos veces los beneficios obtenidos, y podrán ser inhabilitados hasta por 8 años para participar en adquisidores, arrendamientos, servicios u obras públicas. Tratándose de personas morales se podría dictar la disolución de la sociedad respectiva.

De la misma forma se contemplan sanciones a los particulares en situación especial, entendiéndose como tal a las cometidas por candidatos a cargos de elección popular, miembros de equipos de campaña electoral o de transición, administraciones del sector público, y líderes de sindicatos del sector público, que exijan, soliciten, acepten o pretendan recibir algún beneficio, ya sea para sí, para alguna campaña electoral, a cambio de otorgar u ofrecer algún beneficio en caso de obtener el carácter de servidor público.

El dictamen con proyecto de decreto fue elaborado por las comisiones unidas de Gobernación, Justicia, Inspectora de la Auditoría Superior de Michoacán, Jurisdiccional y de Puntos Constitucionales, integradas por los diputados Mario Armando Mendoza, Ángel Cedillo, Yarabí Ávila, Mary Carmen Bernal, Rosa María de la Torre, Andrea Villanueva, Nalleli Pedraza, Belinda Iturbide, Xóchitl Ruíz, Macarena Chávez, Pascual Sigala, Manuel López, Ernesto Núñez, Carlos Quintana, Juan Pablo Puebla, Miguel Ángel Villegas, Daniel Moncada y Wilfrido Lázaro, quienes conformaron el Grupo de Trabajo Plural encargado del estudio, elaboración y formulación del proceso legislativo para la instauración del Sistema Estatal Anticorrupción.

Con ese propósito se analizaron las iniciativas presentadas ante por los diputados Macarena Chávez; Mario Armando Mendoza, Yarabí Ávila y Xóchitl Ruíz; Mary Carmen Bernal, por integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Roberto Carlos López; Juanita Noemí Ramírez, Carlos Quintana y Héctor Gómez; determinando que los razonamientos esgrimidos en cada una de las propuestas, permitieron contar con un criterio de responsabilidad amplio para la elaboración del dictamen.

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