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Diputados del PRD pretenden legalizar aborto voluntario en Michoacán

“Permitamos que las mujeres tengan la oportunidad de decidir, a parte de las causales que ya prevé el Código Penal, aquella que se sustente en la libre determinación de la mujer sobre su cuerpo”, argumentó Pedraza Huerta
“Permitamos que las mujeres tengan la oportunidad de decidir, a parte de las causales que ya prevé el Código Penal, aquella que se sustente en la libre determinación de la mujer sobre su cuerpo”, argumentó Pedraza Huerta

Aludiendo a “puntos de vista científicos”, la diputada Nalleli Pedraza repitió los argumentos de proabortistas, acerca de que no hay individuos o personas hasta después de las primeras 12 semanas del embarazo; plantea regular lo que llamó “práctica de la interrupción del embarazo”

Morelia, Michoacán, 29 de junio de 2016.- El grupo parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el Congreso del Estado pretende legalizar el aborto voluntario en Michoacán.

Este martes 28 de junio, a nombre de la bancada perredista en la 73 Legislatura local, la diputada Nalleli Pedraza Huerta presentó una iniciativa de reformas a la Ley de Salud y al Código Penal del Estado de Michoacán para “regular la práctica de la interrupción del embarazo”.

Aludiendo a “puntos de vista científicos”, la también presidenta de la Comisión de Derechos Humanos en el Congreso del Estado aseguró que “lo que distingue al ser humano de cualquier otra forma de vida es el sistema nervioso central, en especial la corteza cerebral, la cual en un embrión de 12 semanas aún no está formada, por lo que no es correcto considerarle individuo biológico caracterizado o persona o ser humano”.

Para Nalleli Pedraza, “no se puede hablar de persona hasta el tercer trimestre del embarazo, y por consecuencia no hay duda de que ni el cigoto ni el embrión de doce semanas son individuos, ni mucho menos personas”.

Tras citar las opiniones a favor del aborto voluntario por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la diputada local dijo que en Michoacán el Código Penal publicado el 17 de diciembre de 2014 agregó nuevas causales de exclusión para el delito de aborto, a saber: malformaciones genéticas en el producto, inseminación artificial no consentida y situa­ción económica precaria.

“Sin embargo, la reforma fue omisa en modificar la Ley de Salud del Estado de Michoacán de Ocampo para garantizar el acceso a dichos servicios, es decir, no se explicita el procedimiento”, expresó.

“En el Código vigente se elimina la causal de peligro de muerte, incluida en la versión anterior del Código, lo que representa un grave retroceso en el acceso de las mujeres a una interrupción del embarazo y una violación a su derecho a la vida, y tampoco se incluyó el reconocimiento de la libre determinación de la mujer sobre su cuerpo”, argumentó.

Pedraza Huerta dijo que la iniciativa no es para despenalizar el aborto, pues seguirá siendo un delito, “sin embargo, resulta conveniente ajustar el tipo penal de acuerdo con el conocimiento derivado de los adelantos científicos en la materia”.

“Permitamos que las mujeres tengan la oportunidad de decidir, a parte de las causales que ya prevé el Código Penal, aquella que se sustente en la libre determinación de la mujer sobre su cuerpo”, aludió, al repetir de manera textual los argumentos esgrimidos por quienes están a favor del aborto.

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