Política

El PRI sí busca mejorar economía de las familias: Ascensión Orihuela

Chon Orihuela, al referirse a la Ley de Hidrocarburos y en particular en materia de ocupación temporal y superficial, destacó como adecuada la modificación que la Cámara de Diputados hizo a la minuta
Chon Orihuela, al referirse a la Ley de Hidrocarburos y en particular en materia de ocupación temporal y superficial, destacó como adecuada la modificación que la Cámara de Diputados hizo a la minuta

“Apoyamos sin dobles discursos la reforma energética y sus leyes secundarias porque estamos conscientes de que se mejorarán los ingresos de los mexicanos puesto que ese es el objetivo principal de la propuesta que en su momento envió el presidente Enrique Peña Nieto”, señaló el senador por Michoacán

México, D.F., 05 de agosto de 2014.- “Los Senadores del Partido Revolucionario Institucional sí buscamos mejorar la economía de las familias. Apoyamos sin dobles discursos la reforma energética y sus leyes secundarias porque estamos conscientes de que se mejorarán los ingresos de los mexicanos puesto que ese es el objetivo principal de la propuesta que en su momento envió el presidente Enrique Peña Nieto”.

Así lo señaló el senador michoacano José Ascensión Orihuela Bárcenas al subir a tribuna para fijar su posicionamiento a favor de los dictámenes sobre las leyes secundarias luego de que la Cámara de Diputados modificara las minutas que envió el Senado como cámara de origen y que deja claros los beneficios para el desarrollo nacional y el mejor ingreso para los mexicanos.

Chon Orihuela al referirse a la Ley de Hidrocarburos y en particular en materia de ocupación temporal y superficial, destacó como adecuada la modificación que la Cámara de Diputados hizo a la minuta sobre la contraprestación que es un derecho de que gozarán los propietarios de los terrenos o bienes sobre los cuales ha de desarrollarse la actividad de exploración y de extracción.

En cuanto a la contraprestación que consiste en participar en una parte de los ingresos, de los asignatarios o contratistas, se especificó que su cálculo se realizará una vez que se descuenten los pagos que deben hacerse al Fondo Mexicano del Petróleo para la estabilización en el desarrollo, en lugar de decir genéricamente pagos al Estado mexicano.

De ese mismo tema, dijo el michoacano, se distinguió la producción de gas natural no asociado, de la producción de los demás hidrocarburos. Para ello, la Cámara de Diputados propuso que en adición al rango genérico del 0.5 al dos por ciento que propuso el Senado, se considerara de 0.5 a tres por ciento en el caso de gas natural no asociado.

Con ello se reconoce a los beneficiarios una mayor contraprestación porcentual, el proyecto de gas natural no asociado, en concordancia con los ingresos esperados de dichos proyectos.

Por otra parte, señaló Orihuela Bárcenas y considerando que dentro de los acuerdos a que se pueden llegar, los asignatarios o contratistas con los núcleos ejidales o con las comunidades que se encuentren de pactar proyectos de desarrollo, se precisa adecuadamente como facultad de la asamblea de ejidatarios o comuneros tomar esta determinación o bien decidir el reparto de los recursos entre ejidatarios o comuneros.

Un aspecto fundamental aprobado en la Cámara de Diputados, consideró, fue precisar que la contratación o utilización de la fuerza laboral, no será una de las modalidades que puede revestir el pago de la contraprestación pactada. Esto con el fin de evitar que se computen por ejemplo los sueldos, salarios y prestaciones sociales como parte de esas contraprestaciones, lo cual sería a todas luces inadecuado.

En este mismo orden de ideas, añadió Chon Orihuela, se aprobó eliminar la adquisición de bienes y servicios producidos por los propietarios como modalidad para cubrir la contraprestación.

“En efecto, si el asignatario o contratista adquiere bienes o servicios producidos por el propietario o tenedor de la tierra, tal adquisición debe pagarse como cualquier otra compra-venta, y de ninguna manera computar esta adquisición como parte de la contraprestación por la ocupación de dicha tierra. Por ello, se precisó la posibilidad de adquisición independientemente de la contraprestación, siempre y cuando ello sea compatible con los requerimientos del contrato o asignación”.

Finalmente el legislador señaló que la cámara baja observó en la minuta enviada por el Senado, que se requiere modificar para precisar el alcance contenido en el capítulo denominado del uso y ocupación superficial sobre terrenos y bienes en los que se pretenda prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica y para la construcción de plantas de generación de energía eléctrica, en una ubicación específica en donde se deberán entablar negociaciones entre los propietarios y los interesados en realizar dichas actividades.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba