DestacadasPolítica

Fortalece Congreso de Michoacán Ley Estatal de Salud Mental

A propuesta de la diputada Andrea Villanueva, el pleno precisa en la Ley el concepto de Trastorno Mental

Morelia, Michoacán, 14 de diciembre de 2022.- Para garantizar una atención médica efectiva y eficiente en la materia, la 75 Legislatura de Michoacán aprobó reformas a Ley de Salud Mental y a la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Michoacán.

El Pleno Legislativo, a propuesta de la Comisión de Salud y Asistencia Social, respecto de la iniciativa presentada por la diputada Andrea Villanueva Cano, estableció que los conceptos “enfermedad” y “trastorno” tienen un objetivo científico y no discriminatorio.

Precisaron que la manera en que se usa el concepto de “enfermedad mental” en la actual ley de la materia puede emplearse de mejor manera y por tanto, para efectos del dictamen, es preciso contrastar la propuesta de la iniciativa con la sustitución del concepto de “enfermedades mentales” por “trastornos mentales”, tal como lo categoriza la OMS.

De esta manera, el Congreso del Estado consideró que con las reformas a los artículos 15, 37, 61, 64 y 76 de la Ley de Salud, es viable sustituir el concepto de enfermedad por el de trastorno, pues se utilizan como sinónimos; a la vez que condicionan la atención integral al diagnóstico, no a la enfermedad.

Respecto al artículo 4° de la misma Ley, el Pleno de la 75 Legislatura aprobó sustituir la definición de trastorno mental, al considerar oportuno integrar el concepto más actualizado de la Organización Mundial de la Salud, en donde se incorporan los trastornos del comportamiento y del neurodesarrollo.

Reformas CEDH

Finalmente, al reformar las atribuciones de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, respecto a la realización de visitas a orfanatos, asilos, hospicios, instituciones y organismos asistenciales, hospitales psiquiátricos, así como a establecimientos destinados a la detención preventiva, internamiento o reinserción, determinaron que las visitas pasen de mínimo una vez al año, a cuatro veces al año.

Lo anterior, en virtud de que esas visitas permiten generar un esquema de mayor seguridad para las personas que allí se encuentran, además de dar seguimiento a las actividades y servicios que se prestan en relación a las normas que los regulan, fortaleciendo su vigencia.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba