Política

La ley debe salvaguardar a mujeres contra violencia política: Miriam Tinoco

Tinoco Soto presentó una iniciativa que plantea reformas tanto a la Constitución Política del Estado, el Código Electoral del Estado, Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán y Ley de Justicia en Materia Electoral y de Participación Ciudadana
Tinoco Soto presentó una iniciativa que plantea reformas tanto a la Constitución Política del Estado, el Código Electoral del Estado, Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán y Ley de Justicia en Materia Electoral y de Participación Ciudadana

El incremento de la participación femenina en los procesos electorales ha reflejado un aumento sin precedentes de casos de discriminación y violencia, asegura la diputada del PRD

Morelia, Michoacán, 22 de noviembre de 2018.- Desde el Poder Legislativo debemos salvaguardar y proteger a las mujeres de cualquier acto u omisión que vulnere sus derechos políticos, subrayó la diputada perredista Miriam Tinoco Soto, quien recalcó que se debe buscar la protección más amplia para ellas y asegurar el ejercicio pleno de este derecho en la legislación secundaria.

Este jueves, en sesión de Pleno de la LXXIV Legislatura del Congreso local, la legisladora presentó una iniciativa que plantea reformas tanto a la Constitución Política del Estado, el Código Electoral del Estado, Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres en el Estado de Michoacán y Ley de Justicia en Materia Electoral y de Participación Ciudadana del Estado para combatir la violencia política contra las mujeres.

“Las contiendas electorales no han sido precisamente justas, equitativas, accesibles en términos económicos y en un escenario de no discriminación para las mujeres que han decidido participar en ellas, por el contrario, el incremento de la participación femenina en los procesos ha también reflejado un aumento sin precedentes en los casos de discriminación y violencia política por razones de género”.

Miriam Tinoco Soto señaló que las practicas más comunes y que se intensifican suelen ser aquellas relativas a renuncias forzadas o manipulación para dejar el cargo; presión y obstaculización en el desempeño de labores del encargo; prohibiciones en cuanto a la libertad de expresión; difamación y calumnias; uso de medios de comunicación y redes sociales para acosar a las mujeres; agresiones físicas; persecución y hostigamiento a familiares, amigos o equipo de trabajo.

“Esto indica un foco rojo que requiere especial atención, y que no debe pasar por alto como parte de la agenda de la LXXIV Legislatura, con la finalidad de crear un marco propicio que dé certeza y seguridad a todas aquellas mujeres que deseen participar en los procesos electorales, entendiendo que la violencia ahuyenta y disminuye la participación de las mujeres y todo ello tiene un impacto negativo para la sociedad michoacana”.

Recalcó que si bien es cierto que la configuración de algunas conductas sí están contempladas y generan responsabilidades para quien las comete ya sea por la vía penal, electoral o administrativa, también es cierto que esta regulación resulta insuficiente.

Por lo anterior, remarcó que es apremiante que en la Constitución Política del Estado, así como en las leyes secundarias, se establezca un marco legal mínimo que garantice la protección de las mujeres de la violencia política por razones de género.

Actualmente la violencia por razones de género continúa siendo uno de los principales obstáculos que las mujeres afrontan para el ejercicio de sus derechos políticos; desafortunadamente el incremento en su participación y representación política ha estado acompañado de un creciente índice en los casos de violencia política por razones de género.

De acuerdo con los datos de la Fiscalía Especializada para la Atención de los Delitos Electorales (FEPADE), entre 2013 y 2016, se registraron 416 expedientes y carpetas de investigación que podrían constituir violencia política de género.

“Según la FEPADE, de las denuncias por violencia política de género, al menos diez son sobre hechos que constituyen una violación a los derechos político-electorales de las mujeres en las comunidades indígenas”.

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