Política

Morena, PT y funcionarios no violaron la ley al difundir consulta contra ex presidentes

Por mayoría, la Sala Especializada determinó que ambos partidos y servidores públicos no violaron la ley al difundir el ejercicio, pues lo hicieron en redes sociales y no en radio y televisión

Ciudad de México, 08 de octubre de 2021.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este jueves que los partidos Morena y PT y un grupo de servidores públicos no vulneraron la Ley Federal de Consulta Popular con la difusión de imágenes y videos, en el marco del ejercicio realizado el 1 de agosto para preguntar a la ciudadanía si estaba de acuerdo o no con abrir procesos penales a actores políticos del pasado.

Por mayoría de votos, la sala determinó la inexistencia de las infracciones, dado que las expresiones denunciadas, relacionadas con los expresidentes del país, se efectuaron en redes sociales y no en radio y televisión, cuando son estos dos últimos espacios los que están reservados para la competencia del Instituto Nacional Electoral (INE).

En la ponencia del magistrado Luis Espíndola se establece que las publicaciones señaladas, difundidas a través de Facebook, se inscriben en el ámbito de la discusión de este ejercicio ciudadano.

«Sin que este órgano jurisdiccional proceda a calificar el sentido de los posicionamientos, se considera que se inscriben dentro del ámbito de la discusión de la consulta y, por tanto, no constituyen un actuar vedado a las personas involucradas en la causa«, refiere el proyecto discutido y votado.

La magistrada Gabriela Villafuerte, al emitir un voto en contra, refrendó los criterios asumidos en otras sesiones, en el sentido de que los servidores públicos de los tres niveles de gobierno no pueden hacer publicidad y / o propaganda de las consultas populares.

Morena y grupos afines impulsaron el ejercicio del 1 de agosto y lo promovieron como una consulta para enjuiciar a los expresidentes de la República.

Morena y Brigada Roja Morena

En otro asunto, también por mayoría y con el voto en contra de la magistrada Villafuerte, la sala declaró inexistente la posible vulneración a las normas sobre propaganda de la consulta popular, atribuida a Morena y Brigada Roja Morena, por la difusión de una publicación en Gorjeo.

Los magistrados Rubén Lara y Espíndola coincidieron en que las difusión difundidas en la red social forman parte del debate público sobre este ejercicio y la única restricción es la contratación de tiempos de radio y televisión.

En su queja, el PRD argumentó que en un perfil de Twitter, denominado Brigada Roja Morena, se promovió la consulta popular y se llamó a votar en sentido afirmativo.

Además, se instalarán módulos en los que se repartió propaganda impresa con imágenes y nombres de los expresidentes. Estos puntos fueron identificados en los estados de Chihuahua, Guanajuato, Michoacán y San Luis Potosí.

La pasada consulta tuvo una participación de 6.6 millones de personas, equivalentes al 7.1% de la lista nominal de electores. El 97.7% de quienes participaron votó «Sí», pero el porcentaje de gente que acudió a las mesas se quedó muy por debajo del 40% necesario para que los resultados fueran vinculantes. (CON INFORMACIÓN DE EXPANSIÓN POLÍTICA)

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba