Política

Necesario agilizar la sucesión testamentaria en Michoacán: Héctor Gómez

"Estamos trabajando para que los michoacanos tengan certeza jurídica y menos complicaciones”: Héctor Gómez Trujillo
«Estamos trabajando para que los michoacanos tengan certeza jurídica y menos complicaciones”: Héctor Gómez Trujillo

El coordinador del PAN en el Congreso del Estado impulsa una iniciativa de reformas al Código de Procedimientos Civiles del Estado para agilizar los procesos de sucesión testamentaria y desahogo la carga de trabajo en  los órganos jurisdiccionales

Morelia, Michoacán, 23 de marzo de 2018.- El Diputado local por el Partido Acción Nacional (PAN), Héctor Gómez Trujillo presentó ante el Congreso de Michoacán, la iniciativa que busca reformar el Código de Procedimientos Civiles del Estado para agilizar los procesos de sucesión testamentaria y desahogo la carga de trabajo en  los órganos jurisdiccionales.

Explicó que dicha iniciativa propone que todas aquellas personas que hacen un testamento público abierto, puedan llevar un juicio público sucesorio unidamente ante el notario.

«Estamos trabajando para que los michoacanos tengan certeza jurídica y menos complicaciones”.

Gómez Trujillo detalló que a través de la reforma al artículo 129 del Código de Procedimientos Civiles, los juicios sucesorios podrán ser tramitados por los notarios públicos en el estado siempre y cuando todos los herederos sean mayores de edad, y los menores de edad estén debidamente representados o hubiese un solo heredero, para que la sucesión pueda tramitarse extrajudicialmente, con intervención de un Notario Público.

El legislador detalló que el albacea y los herederos, deberán presentarse ante un notario para hacer constar que aceptan la herencia, se reconocen sus derechos hereditarios y que el albacea va a proceder a formar el inventario y avalúo de los bienes de la herencia.

En caso de testamento público abierto, testimonio del último testamento y copia certificada del acta de defunción del autor de la herencia.

Gómez Trujillo, argumentó que tratándose de cualquier otro tipo de testamento, se deberá solicitar una copia autorizada de la resolución judicial que lo haya declarado legítimo y la constancia de haber dado el aviso como lo marca el Código de Procedimientos Civiles.

De aprobarse esta iniciativa, el notario publicará dichas declaraciones por una sola vez en el Periódico Oficial del Estado.

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