Política

Niega IEM registro a nuevo partido político estatal

En otro tema, el órgano electoral local también aprobó ampliar sus programas de cultura cívica-electoral
En otro tema, el órgano electoral local también aprobó ampliar sus programas de cultura cívica-electoral

En la documentación presentada por el “Partido Nacionalista Mexicano” se encontraron diversas anomalías, como: el número de afiliados incompleto con base en lo que establece la legislación, afiliados que no se encuentran registrados en el Padrón electoral y duplicidad de nombres en el listado de afiliados

Morelia, Mich., 22 de noviembre 2013.- Con la finalidad de ampliar los programas ya establecidos para lograr mayor cobertura, crear un mejor patrimonio institucional del órgano administrativo electoral e implementar nuevas actividades en cuestión de capacitación cívica para los ciudadanos, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aprobó la modificación al acuerdo IEM.CG 01/2011.

Derivado de las modificaciones al Código Electoral del 30 de noviembre del 2012, el Instituto Electoral de Michoacán cuenta, además, con las atribuciones relativas a la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos de plebiscito y referéndum; la función continua de fiscalización de los recursos de los partidos políticos; la formación y actualización del servicio profesional electoral; las actividades tendentes a la difusión del conocimiento del derecho y la función electoral, así como las relativas a la formación de ciudadanos informados y comprometidos con la comunidad.

Por ello, el Consejo General del IEM planteó que los recursos disponibles por las multas aplicadas a los Partidos Políticos se apliquen, no exclusivamente a las actividades relativas a la capacitación electoral y educación cívica como lo señala el acuerdo IEM.CG 01/2011, sino, además, a aquellas que, teniendo la misma importancia y prioridad para el fomento de los valores democráticos en el Estado de Michoacán, se consideren como una necesidad para el Instituto Electoral de Michoacán, robusteciendo para ello el aspecto patrimonial del propio órgano administrativo electoral para el desarrollo de tales fines.

En otro punto del orden del día, se aprobó la negativa de registro como partido político estatal al “Partido Nacionalista Mexicano” debido a que se encontraron diversas anomalías en la documentación presentada tales como: el número de afiliados incompleto con base en lo que establece la legislación (al menos 200 ciudadanos por municipio en, por lo menos, la mitad más uno de los que conforman la geografía estatal) , afiliados que no se encuentran registrados en el Padrón del Registro Federal de Electores, duplicidad de nombres en el listado de afiliados, la falta de huellas o firmas de los afiliados, ciudadanos que no son originarios de los municipios donde se celebraron las asambleas, entre otras.

De acuerdo con lo anterior, se estableció que no se cumplieron con los requisitos para constituir un partido político estatal, señalados por el artículo 33 del Código Electoral Estatal, específicamente las fracciones I, II, incisos a) y b) y III, incisos a), b) y c).

Al respecto, es importante señalar que, el pasado 28 de octubre, se presentó ante el Instituto Electoral de Michoacán una solicitud de registro como Partido Político Estatal bajo la denominación “Partido Nacionalista Mexicano” y, ante dicha solicitud, el Consejo General, dentro de los plazos establecidos en el Código Electoral, aprobó el acuerdo mencionado en el que se explican las razones de la negativa.

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