Política

Pasarán al pleno dictamen sobre la Ley de Servicios Previos al Juicio

De igual forma, los legisladores presentarán al Pleno, el dictamen de la iniciativa de la Ley de Protección Civil, presentada por el Ejecutivo del Estado
Los legisladores también presentarán al pleno, el dictamen de la iniciativa de la Ley de Protección Civil, presentada por el Ejecutivo del Estado

El documento se presentará a primera lectura ante el pleno del Congreso del Estado; propone que el imputado comparezca a todas las audiencias requeridas y no represente un riesgo para la víctima o la sociedad en general; de igual forma, presentarán dictamen de la iniciativa de Ley de Protección Civil

Morelia, Michoacán, 15 de agosto de 2014.- Los diputados integrantes de las Comisiones Unidas de Justicia y Seguridad Pública y Protección Civil de la LXXII Legislatura, presentarán al Pleno del Congreso local, para su primera lectura, el dictamen de la iniciativa de Ley de Servicios Previos al Juicio, presentada el pasado mes de noviembre por el diputado Eduardo Orihuela Estefan y la cual tiene como objetivo que la Prisión Preventiva se convierta en una verdadera medida cautelar excepcional, para hacer efectivos el derecho a la libertad y la presunción de inocencia de todo imputado.

Los diputados Selene Vázquez Alatorre, Cristina Portillo Ayala, José Sebastián Naranjo Blanco, María Eugenia Méndez Dávalos, Marco Polo Aguirre Chávez, Olivio López Mújica y Cesar Morales Gaytán, después de hacer el estudio y análisis de la Iniciativa, destacaron que con la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Periódico Oficial de la Federación el cinco de marzo de 2014; corresponde a las autoridades competentes de la Federación y de las entidades federativas, para medidas cautelares, vigilar que el mandato de la autoridad judicial sea debidamente cumplido.

Bajo esta tesitura, es que avalan para su primera lectura el proyecto de Ley, la cual tendrá como objeto establecer y regular las autoridades responsables de la supervisión de las medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso, a través de la dirección de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso, adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública.

Destacando que el artículo 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos prevé que toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, los legisladores consideraron que la prisión preventiva no puede dejarse al libre arbitrio de las autoridades, porque con ello se viola la dignidad de la persona, se afecta su vida familiar, laboral y social e incluso la académica.

Por tanto, la Iniciativa de Ley previene una serie de medidas preventivas con exclusivos fines procesales los cuales tienen por objeto garantizar por una parte la información suficiente para la imposición de las medidas cautelares adecuadas y por otro, que el imputado goce de libertad durante el proceso.

Propone que el imputado comparezca a todas las audiencias requeridas y no represente un riesgo para la víctima o la sociedad en general, estas medidas en su conjunto reciben el nombre de Servicios Previos al Juicio.

Asimismo, los aspectos logísticos y metodológicos que regule la evaluación de los niveles de riesgo que represente el imputado y las medidas cautelares que correspondan será parte del Reglamento que deberá elaborar el Poder Ejecutivo, dentro de un plazo determinado.

De igual forma, los legisladores presentarán al Pleno, el dictamen de la iniciativa de la Ley de Protección Civil, presentada por el Ejecutivo del Estado.

El objetivo primordial es establecer las bases de coordinación institucional entre las autoridades competentes y la sociedad, conforme a los lineamientos de los sistemas Nacional y Estatal de Protección Civil. En el ordenamiento que se propone, se establece un Sistema Estatal de Protección Civil, el cual brindará protección a las personas, a la sociedad michoacana y a su entorno, ante la eventualidad de los riesgos y peligros que representan los agentes perturbadores, en relación con la vulnerabilidad en el corto, mediano o largo plazo, provocada por fenómenos naturales o antropogénicos; a través de la Gestión Integral de Riesgos y el desarrollo de las capacidades de respuesta, auxilio y recuperación de la población.

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