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Personas del mismo sexo podrán casarse por vía civil en Michoacán

El pleno del Congreso del Estado aprobó por mayoría de votos la reforma al Código Familiar del Estado en sus figuras de matrimonio, concubinato y sociedades de convivencia
El pleno del Congreso del Estado aprobó por mayoría de votos la reforma al Código Familiar del Estado en sus figuras de matrimonio, concubinato y sociedades de convivencia

Por mayoría, de 27 votos a favor, 8 abstenciones y 5 ausencias, el pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas al Código Familiar de Michoacán para denominar “matrimonio” a las uniones entre personas del mismo sexo

Morelia, Michoacán, 18 de mayo de 2016.- En breve, las personas del mismo sexo podrán casarse por la vía civil en Michoacán.

Por mayoría, de 27 votos a favor, 8 abstenciones y 5 ausencias, el pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas al Código Familiar de Michoacán para denominar “matrimonio” a las uniones entre personas del mismo sexo.

Según comunicado de prensa: Con el objetivo primordial de la promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos, al señalar que ninguna persona puede sufrir de ningún tipo de discriminación el pleno del Congreso del Estado aprobó por mayoría de votos la reforma al Código Familiar del Estado en sus figuras de matrimonio, concubinato y sociedades de convivencia.

Dice el dictamen de mayoría presentado por las comisiones unidas de Justicia, Derechos Humanos y Puntos Constitucionales, establece que al modificar “las preferencias” por “las preferencias sexuales” se establece un criterio de igualdad y no discriminación; asimismo, se señala que el matrimonio es la unión de dos personas para realizar una comunidad de vida permanente, en la que se procuren respeto, igualdad y ayuda mutua.

Además: “Elimina a la procreación como fin del matrimonio, primero porque aún entre las parejas heterosexuales la decisión de procrear hace parte de su libre albedrío, y segundo, sería imposible para las parejas homosexuales; de igual manera, se instituye que el concubinato es la unión de dos personas y se genera cuando hayan vivido en común, en forma constante y permanente por un periodo mínimo de dos años, o, cuando hayan concebido un hijo en común”.

Asimismo, “sobre la sociedad de convivencia se destaca que estas son un acto jurídico que se constituye cuando dos o más personas físicas, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia, colaboración, asistencia y ayuda mutua, con ello, al modificar las tres figuras, se dio un avance de legalidad para garantizar el ejercicio de los derechos humanos de los michoacanos”.

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