Política

PRD armoniza estatutos y reglamentos con el denominado “lenguaje inclusivo”

Dicen que van a la vanguardia en el respeto y ejercicio de los derechos políticos y electorales de las mujeres

Morelia, Michoacán, 09 de octubre de 2021.- En el marco del XVII Congreso Nacional Ordinario del Partido de la Revolución Democrática (PRD), se actualizaron y armonizaron los documentos básicos de este instituto político en materia de paridad de género y violencia política contra las mujeres en razón de género.

“Las reformas a nuestros documentos básicos que en materia de paridad de género y violencia contra las mujeres en razón de género obedecen no solamente a lo mandatado por la Sala Superior del TEPJF, sino también en congruencia con el compromiso que siempre ha caracterizado a nuestro partido político desde su nacimiento en favor de los derechos políticos y electorales de las mujeres”, destacó el líder nacional del PRD, Jesús Zambrano Grijalva.

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El dirigente nacional del PRD, dijo que la paridad de género será una realidad en todos nuestros órganos de representación y dirección, aplicando el criterio de competitividad que permitirá actuar en consecuencia con lo establecido en la reforma y que desencadenará nuevas acciones a favor de la participación de las mujeres en la toma de decisiones.

A través del trabajo colaborativo, las y los congresistas ajustaron el programa partidario, declaración de principios y estatuto para garantizar el principio de equidad de género en nuestro partido.

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Asimismo, se instaura la Unidad de Atención a Víctimas de Violencia de Género y se garantiza que los documentos básicos del PRD tengan lenguaje incluyente y no sexista. 

En el Congreso estuvo presente la Dirección Nacional Ejecutiva, así como delegados y delegadas de todo el país y distintos liderazgos perredistas.

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Reformas a los documentos del PRD

  • Se establece el respeto a la paridad de género vertical, horizontal y transversal, así como la progresividad de los derechos humanos, en todos sus órganos de representación y dirección.
  • Para la designación del género que corresponderá a la postulación de las candidaturas de las Presidencias Estatales de las Direcciones Estatales Ejecutivas, se ocupará el criterio de competitividad, realizando una lista tomando en consideración los resultados electorales en las entidades federativas del último proceso electoral constitucional, integrando la misma iniciando con la entidad federativa que mejores resultados electorales haya obtenido para el Partido, listándolas por orden de prelación sucesivamente hasta concluir con las treinta y dos entidades federativas.
  • Las 32 consejería electas vía consejo serán para 16 mujeres, por lo que la postulación de éstas será en correlación con el género de la Presidencia de la Dirección Ejecutiva que corresponda.
  • El género de las Secretarias Generales de las Direcciones Ejecutivas será distinto al de las Presidencias Ejecutivas.
  • La propuesta también establece la alternancia en la postulación de las candidaturas a cargos de elección popular, lo anterior de acuerdo con el artículo 14 numeral 4 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
  • Se fija que entre los requisitos para acceder al registro de precandidaturas y candidaturas internas y externas se deberá de presentar la Declaración 3 de 3 contra la Violencia de Género.

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