Política

Prisión preventiva debe ser garante de derechos humanos: Javier Paredes

Paredes Andrade reconoció que la problemática de inseguridad que priva en la nación “no es menor”
Paredes Andrade reconoció que la problemática de inseguridad que priva en la nación “no es menor”

Demanda el diputado por Movimiento Ciudadano que la medida de Prisión Preventiva Oficiosa sea siempre “excepcional y justificada”

Morelia, Michoacán, 14 de marzo del 2019.- La medida de Prisión Preventiva Oficiosa debe ser obligadamente garante y no violatoria a los derechos humanos, afirmó el coordinador de la Representación Parlamentaria de la 74 Legislatura, Javier Paredes Andrade.

En el contexto de la votación de la minuta con proyecto de decreto por el que se reformó el Artículo 19 constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa, el representante popular por Movimiento Ciudadano, refrendó que el impulso a varias propuestas presentadas por el presidente de la República, para combatir la inseguridad y restablecer el orden, no son votos “a ciegas”, sino por el contrario permanecerá vigilante de que se atiendan los principios internacionales en materia de derechos humanos.

Paredes Andrade reconoció que la problemática de inseguridad que priva en la nación “no es menor”, pero dicha medida debe ser “excepcional y siempre justificada”, ya que la sociedad se encuentra ávida de una sana impartición de justicia, que permita poner a los infractores frente a los tribunales y a los inocentes con un sistema penal fortalecido que le salvaguarde sus derechos fundamentales.

“Por un lado se amplía el catálogo de tipos penales en donde es posible la prisión preventiva como una medida extraordinaria que supone el aseguramiento del inculpado y por otro lado tenemos un fuerte reclamo social que exige de nosotros una reforma que permita un combate frontal a los delitos que le afectan sustantivamente a su patrimonio y su seguridad”, citó.

Si bien, el legislador por el Movimiento Naranja otorgó su voto a favor, alertó sobre los retos que las instituciones deben de superar, al tener presente en todo momento que “la prisión Preventiva Oficiosa no distingue entre delincuentes e inocentes, se aplica a “tabla rasa”, se decreta a cualquier persona bajo la presunción de culpabilidad, haya o no cometido delito alguno”.

La prisión preventiva oficiosa es en pocas palabras, una condena sin sentencia, recalcó Paredes Andrade, toda vez que según estadísticas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Nacional de Seguridad, de 257 mil 291 personas encarceladas, aproximadamente 109 mil se encuentran sin sentencia, cifra que representa el 42 por ciento de la población penitenciaria.

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