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Ratifica TEEM triunfo del PRI-Verde en ayuntamiento de Apatzingán

Magistrados del Tribunal Electoral de Michoacán.
Magistrados del Tribunal Electoral de Michoacán.

El árbitro electoral ratificó asimismo los resultados en los municipios de Uruapan, Zamora, Coalcomán y Sahuayo

Morelia, Michoacán; 2 de agosto de 2015.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, confirmó en esta fecha en sesión pública la elección para el ayuntamiento del municipio de Apatzingán, Michoacán, a favor de la planilla postulada por los partidos Revolucionario Institucional en candidatura común con el Partido Verde Ecologista, dentro del Juicio de Inconformidad promovido por los Partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional.

Los magistrados en un exhaustivo análisis de alrededor de dos horas, consideraron que las pruebas presentadas por los partidos inconformes no fueron suficientes para acreditar los hechos violatorios a la norma electoral.

De las causales por las que los partidos se inconformaron fueron la presunta coacción y compra del voto, así como la supuesta intervención del gobierno a favor del candidato antes mencionado, sin embargo, las pruebas presentadas fueron insuficientes. Además, se anuló la votación recibida en tres casillas por diversas irregularidades, sin embargo, éstas no cambiaron la votación en cuanto al primero y segundo lugar, por lo que se confirmó el acto impugnado.

Con respecto a la elección para el ayuntamiento de Uruapan, Michoacán, el órgano jurisdiccional confirmó la validez de la elección, así como la entrega de constancias de mayoría a favor del Partido Acción Nacional, dentro del Juicio de Inconformidad interpuesto por los partidos Revolucionario Institucional, MORENA y Partido Acción Nacional, lo anterior debido a que las pretensiones de nulidad de elección para el referido municipio así como el rebase de tope en gastos de campaña, resultaron infundados por un lado y por otro inoperantes.

En lo que se refiere a la elección para el ayuntamiento de Sahuayo, Michoacán, el Tribunal confirmó dicha elección a favor del Partido Acción Nacional, dentro del Juicio de Inconformidad presentado por el Partido Revolucionario Institucional, debido a que la pretensión de nulidad del partido actor consistente en irregularidades como actos anticipados de campaña, violación a la norma electoral, así como la presunta presión y coacción del voto, los mismos no fueron sustentados con las pruebas presentadas.

Por lo que ve a la elección para el Ayuntamiento de Coalcomán Michoacán, los magistrados determinaron confirmar el cómputo municipal, la validez de dicha elección, así como la entrega de constancias a favor de la planilla postulada en candidatura común por los Partidos de la Revolución Democrática y del Trabajo.

En las pretensiones de nulidad de la elección por los institutos antes mencionados, se encuentran el supuesto rebase tope de gastos de campaña, así como la violación a la equidad en la contienda por un reportaje a través de la televisión, el primero se declaró infundado debido a que el INE no observó dicho rebase y del segundo el partido actor no presentó pruebas suficientes para sustentar su inconformidad.

Por último, en lo que se refiere a la elección para el ayuntamiento de Zamora, Michoacán, los magistrados confirmaron la elección para dicho municipio, así como la entrega de constancias de mayoría a favor del Partido Revolucionario Institucional, dentro del Juicio de Inconformidad presentado por el Partido Acción Nacional. Lo anterior debido a que las pretensiones de la nulidad del partido actor, consistentes en el rebase de tope en gastos de campaña así como la presunta cobertura informativa fuera de la norma electoral, se declararon infundados.

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