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Silvano, “satisface requisitos para ser gobernador de Michoacán”: TEEM

Magistrados del Tribunal Electoral de Michoacán.
Magistrados del Tribunal Electoral de Michoacán.

El Tribunal Electoral de Michoacán resolvió la validez de Aureoles Conejo como candidato electo a la gubernatura del Estado, y por tanto, su triunfo en las urnas

Morelia, Michoacán; 3 de septiembre de 2015.- Silvano Aureoles Conejo “satisface los requisitos para ser Gobernador del Estado de Michoacán y en consecuencia, es elegible para desempeñar el cargo de referencia”.

Así lo estableció el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, tras resolver la validez de Aureoles Conejo como candidato electo a la gubernatura del Estado de Michoacán, por los Partidos de la Revolución Democrática, del Trabajo y Nueva Alianza.

En sesión, los integrantes del órgano colegiado decidieron por unanimidad que el ciudadano antes mencionado satisface los requisitos que exigen los artículos 49 de la Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo y el 13 del Código Electoral.

Así se acredita, estableció el cuerpo colegiado, con la documentación que presentaron los partidos políticos antes mencionados ante el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán al obtener el registro del mencionado candidato.

En el proyecto emitido por los magistrados, se plasman los razonamientos atinentes y específicamente en relación a la ciudadanía, que implica: tener la calidad de mexicano, haber cumplido la mayoría de edad, tener un modo honesto de vivir, los que de acuerdo al estudio el Tribunal se pudo constatar con la documentación presentada.

Es así que “Por lo que toca al conjunto de impedimentos establecidos para el legislador michoacano para ejercer el cargo de Gobernador del Estado, causado por el ejercicio de otra función o actividad, del análisis se concluye que el candidato mencionado no se encuentra en ninguna de las hipótesis”.

En su comunicado, el TEEM señaló que “En este mismo tenor y en virtud a que la declaración de validez de una elección deriva no sólo de las facultades específicas previstas en la legislación de la materia sino particularmente de los principios, valores y derechos fundamentales previstos tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la Constitución Local, el Tribunal analizó tres etapas, primero la etapa preparatoria de la elección incluyendo las faltas administrativas; segundo, el proceso electoral 2014-2015, relativa a la jornada electoral del 7 de junio, en la que entre otros cargos se eligió al Gobernador del Estado; la tercera correspondiente a etapa contenciosa, donde se presentaron los medios de impugnación del proceso electoral y que de acuerdo al estudio se comprobó que se respetaron los principios y valores fundamentales de las elecciones, previstos en las leyes electorales, así como el respeto de derechos políticos electorales que permitieron a los ciudadanos el acceso a cargos públicos de elección popular, a través del sufragio libre, secreto y directo”.

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