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Tribunal Electoral confirma triunfo del PRI-Verde en Susupuato

Integrantes del TEEM, en sesión.
Integrantes del TEEM, en sesión.

El órgano reconoce que hay un error en la computación de votos, éste no es determinante para el resultado de la elección

Morelia, Michoacán, 27 de junio de 2015.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, determinó en sesión pública de esta fecha, confirmar el cómputo de la elección y como consecuencia la declaración de validez y la entrega de constancias al candidato al Ayuntamiento de Susupuato, Michoacán por el Partido Revolucionario Institucional y el Partido Verde Ecologista de México, dentro del Juicio de Inconformidad interpuesto por el Partido de la Revolución Democrática.

El partido demandante hizo valer su pretensión de causales de nulidad de votación respecto a tres casillas del ayuntamiento mencionado, por un lado, por una existencia de error o dolo en la computación de los votos, toda vez que si bien es cierto existe un error, el mismo no es determinante para el resultado de la votación de la casilla, requisito sin el cual no se puede decretar la nulidad invocada, asimismo hace valer otra causa de nulidad de votación consistente en presión sobre los electores, al argumentar que en dos casillas fungieron como funcionarios y representantes familiares del candidato postulado en común por los partidos antes mencionados.

Sin embargo, el actor omitió presentar pruebas para acreditar su dicho, misma situación sucede con la otra inconformidad, donde afirma que una persona designada como capacitadora electoral del Instituto Nacional Electoral, fungió como activista y operadora a favor del candidato ganador, así como la existencia de un tracto camión con fertilizante que supuestamente era para el candidato de los partidos ya referidos, no obstante el denunciante omitió presentar pruebas de su dichos, por lo se resolvió la inexistencia de las violaciones.

NO HUBO VIOLACIONES A LA NORMA ELECTORAL EN PROCESO DE ZAMORA

En otra resolución, el Tribunal determinó la inexistencia de las violaciones atribuidas a José Carlos Lugo Godínez candidato a la Presidencia Municipal de Zamora, Michoacán, dentro del Procedimiento Especial Sancionador interpuesto por el Partido Acción Nacional, por supuestas infracciones a la norma electoral.

El quejoso afirmaba que el candidato denunciado, utilizó imágenes alusivas al Santuario Guadalupano de la mencionada ciudad, intentando con ello posicionar su imagen vulnerando lo concerniente a la utilización de símbolos en su propaganda electoral, a través de su página de Facebook, sin embargo, del análisis se advirtió que las imágenes señaladas no se referían a locución religiosa alguna, tampoco relacionaban al candidato o a su partido político con las iglesias legalmente establecidas, por lo que se declaró que no se violaba la norma electoral.

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