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Abogadas proponen prohibir el lenguaje inclusivo en Argentina

El objetivo es evitar alteraciones gramaticales y fonéticas que desnaturalizan el lenguaje, y obedece a la necesidad de eliminar los obstáculos que en materia de lecto escritura se manifiestan por el uso de este

Ciudad de México, 23 de junio de 2021.- El proyecto de ley presentado por las abogadas Cynthia Ginni y Patricia Paternesi ante la Cámara de Diputados de Argentina, para prohibir el lenguaje inclusivo en los tres Poderes del Estado, al que adhirieron una carta del constitucionalista Félix Longorio, generó un serio debate.

Esto porque se han modificado reglamentos internos de la Cámara Baja e incluso se han ofrecido discursos, por parte de varios funcionarios, diciendo, por ejemplo, “albañilas” y otras palabras que deforman el lenguaje, indicó Infobae.

Así, el artículo 1 de la propuesta de ley señala: “Prohíbase el uso en documentos y actos oficiales y en establecimientos educativos del comúnmente denominado ‘lenguaje inclusivo’ en cualquiera de sus formas (“x”, “e”, “@”, etcétera), empleado para reemplazar el uso del masculino cuando es utilizado en sentido genérico, así como cualquier otra forma diferente a la lengua oficial adoptada por la República Argentina”.

El objetivo es evitar alteraciones gramaticales y fonéticas que desnaturalizan el lenguaje, y obedece a la necesidad de eliminar los obstáculos que en materia de lecto escritura se manifiestan por el uso de este.

Su mala utilización podría no sólo obstaculizar la lecto escritura y su comprensión, sino también significar una barrera para aquellos que tienen más dificultades” en cuanto a los niños, puntualizan las abogadas.

Y recordaron la petición, en 2020, del vicepresidente del gobierno de España a la Real Academia Española (RAE) sobre el lenguaje inclusivo, porque pretendía modificar la vieja Constitución de 1978 por considerarla machista.

En el artículo ‘Constitución, idioma nacional y lenguaje inclusivo’, la RAE respondió que “el documento de la institución hispana explicita que los grupos nominales en género masculino son de exégesis inclusiva, resultando en textos claros e inteligibles que en modo alguno plantean problemas serios de interpretación literal, no existiendo razones gramaticales ni de inteligibilidad semántica que obliguen a introducir modificaciones”.

Para las abogadas, el uso de términos masculinos con carácter inclusivo de lo femenino no afecta en absoluto la igualdad entre hombres y mujeres, porque es un hecho “estrictamente lingüístico” que carece de consecuencias políticas para la visibilidad de las mujeres, el respeto con que son tratadas o su acceso a puestos de mayor responsabilidad en la sociedad”.

De igual manera, las litigantes argumentaron que “nadie en su sano juicio puede argüir que los constituyentes y reformadores que actuaron entre 1853 y 1994 redactaron una Constitución únicamente para varones que excluye a las mujeres”.

Las redes reaccionaron a tal propuesta: “@vegaclara (senadora) ‘Están más atentos al lenguaje inclusivo y a la higiene menstrual que en defender la vida de la mujer”, escribió NCN, quien entrevistó a la senadora Clara Vega de La Rioja.

Si sos terrorista te indultan, pero si hablás con lenguaje inclusivo te cancelan, te señalan y te juzgan. Expain es tan Argentina que duele”, indicó otra usuaria.

Excelente. No pueden obligar a nadie por ley a hablar un lenguaje incorrecto. ¿Qué razón tan poderosa habrá para que los medios no opinen sobre el ‘lenguaje inclusivo’?”, redactó otra persona.

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