DestacadasSucesos

Juez federal ordena a Mancera retirar bloqueo de la CNTE

El juez ordenó a la SSP-CDMX retire de inmediato el bloqueo ocasionado por el plantón ubicado en Avenida Bucareli, con absoluto respeto de la vida e integridad personal de los manifestantes
El juez ordenó a la SSP-CDMX retire de inmediato el bloqueo ocasionado por el plantón ubicado en Avenida Bucareli, con absoluto respeto de la vida e integridad personal de los manifestantes

El Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, ordenó el retiro del plantón que obstaculiza la vialidad en Avenida Bucareli; el amparo fue concedido a un ciudadano que demandó al gobierno capitalino la aplicación de la Ley de Movilidad

Ciudad de México, 03 de agosto de 2016.- Luego de otorgar un amparo a un ciudadano que reclamó su derecho al libre tránsito, el Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la capital del país, ordenó al Gobierno de la Ciudad de México, encabezado por Miguel Ángel Mancera, el retiro del plantón que obstaculiza la vialidad en Avenida Bucareli.

Sin dar a conocer su nombre para evitar cualquier represalia, se informó que el amparo fue concedido a un ciudadano que demandó al Gobierno de la Ciudad de México la aplicación de la Ley de Movilidad.

En el alegato se sustenta que tanto el jefe de Gobierno, como los secretarios de Movilidad y de Seguridad Pública de la CDMX, son omisos al no aplicar la Ley de Movilidad, toda vez que el bloqueo impide a los vecinos transitar libremente por el tramo comprendido desde la calle Morelos hasta la Segob, lo cual es obligación de las autoridades capitalinas.

Al fallar a favor del ciudadano, el juez ordenó a la SSP-CDMX retire de inmediato el bloqueo ocasionado por el plantón ubicado en Avenida Bucareli, con absoluto respeto de la vida e integridad personal de los manifestantes, así como su derecho a expresarse libremente.

Para determinar si la omisión reclamada implicó una violación al derecho al libre tránsito del quejoso, el impartidor de justicia analizó la medida implementada por la SSP-CDMX. Al respecto, se consideró que si bien la finalidad perseguida por tal medida es constitucionalmente legítima porque tiende a garantizar el libre ejercicio del derecho a manifestarse públicamente, sin embargo, no cumplió con el requisito de necesidad, al no resultar la opción menos gravosa para el derecho afectado.

Lo anterior, porque dicha medida generó una obstrucción significativa a la circulación de vehículos, pues se trata del cierre definido de una vía primaria, cuya función es facilitar el flujo del tránsito vehicular, además de la fuerte incidencia en la productividad de las zonas y la afectación que representa al derecho humano a un medio ambiente sano.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba