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Juez ordena al gobierno federal garantizar gasolina a ciudadano

El juez Gabriel Regis López admitió a trámite la demanda de amparo presentada el 11 de enero, en la que Miganjos González reclama la orden del presidente Andrés Manuel López Obrador, por la cual se instruye la “clausura” de cuatro de los 13 oleoductos de Pemex
El juez Gabriel Regis López admitió a trámite la demanda de amparo presentada el 11 de enero, en la que Miganjos González reclama la orden del presidente Andrés Manuel López Obrador, por la cual se instruye la “clausura” de cuatro de los 13 oleoductos de Pemex

El Juzgado Primero de Distrito en materia administrativa concedió la suspensión provisional al abogado Javier Mijangos González en contra de la determinación del gobierno federal de cerrar los ductos de distribución de gasolina de Pemex

Ciudad de México, 14 de enero de 2019.- El Juzgado Primero de Distrito en materia administrativa concedió la suspensión provisional al abogado Javier Mijangos González en contra de la determinación del gobierno federal de cerrar los ductos de distribución de gasolina de Petróleos Mexicanos (Pemex), lo cual se realiza como parte de la estrategia para combatir el robo de combustible.

El juez Gabriel Regis López admitió a trámite la demanda de amparo presentada el 11 de enero, en la que Miganjos González reclama la orden del presidente Andrés Manuel López Obrador, por la cual se instruye la “clausura” de cuatro de los 13 oleoductos de Pemex.

Argumenta que el desabasto de combustible provocado por esta determinación del Gobierno federal, viola los derechos fundamentales, ya que la falta de suministro suficiente influye en la distribución de productos de primera necesidad.

De acuerdo con la demanda radicada en el expediente 30/2019, el juez, al conceder la suspensión provisional, ordenó garantizarle al quejoso la adecuada distribución y suministro de gasolina.

El juez Regis López fijó como fecha para la realización de la audiencia constitucional el 8 de febrero a las 9:44 horas, en la que deberá conceder o no la suspensión definitiva, en la demanda de amparo.

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