Política

Ordena IEM a Ascensión Orihuela retirar propaganda prohibida: PRD

El líder perredista destacó que el Consejo General otorgó la razón a la queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática, que señalaba que dicha propaganda era ilegal por contravenir la ley
El líder perredista destacó que el Consejo General otorgó la razón a la queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática, que señalaba que dicha propaganda era ilegal por contravenir la ley

La Ley Electoral impide colocar propaganda electoral sobre el equipamiento urbano y los Muebles Urbanos para la Presentación de Información, lo cual ignoró y violentó el PRI y su candidato al Gobierno del Estado, destaca el dirigente estatal del sol azteca, Carlos Torres Piña

Morelia, Michoacán, 18 de abril de 2015.- Por quebrantar el artículo171 fracción IV del Código electoral del Estado de Michoacán, el Instituto Electoral del Michoacán ordenó a Ascensión Orihuela y al PRI retirar en un plazo de 24 horas la propaganda que colocó indebidamente en mobiliario urbano y en los “Mueble Urbano para la Presentación de Información”, mejor conocidos como Mupis, informó el dirigente estatal del PRD, Carlos Torres Piña.

El líder perredista destacó que el Consejo General otorgó la razón a la queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática, que señalaba que dicha propaganda era ilegal por contravenir la ley. Por ello, éste sábado el órgano electoral emitió y notificó medidas cautelares en las cuales le ordena al PRI y a Orihuela a bajar en un plazo de 24 horas su propaganda ilegal.

Destacó que la ley electoral es clara, y ordena a los partidos políticos y los candidatos tienen prohibido colocar propaganda electoral sobre el equipamiento urbano, lo cual ignoró y violentó el PRI y su candidato al Gobierno del Estado.

Asimismo, Torres Piña enfatizó que Orihuela y el PRI quebrantan el acuerdo del INE mediante el cual se solicitó a los 112 ciento doce ayuntamientos, se retire la propaganda de respaldo ciudadano, precampaña y campaña electoral que se encuentre colocada en árboles, accidentes geográficos, equipamiento urbano, carretero o ferroviario, monumentos, edificios públicos, pavimentos, guarniciones, banquetas, señalamientos de tránsito y centros históricos, en sus respectivos municipios.

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